138 000 contribuyentes se podrán acoger a nuevo plan de pagos del SRI

El beneficio rige hasta el 6 de marzo. Si se solicita en los últimos tres días del plazo se debe ir a las ventanillas. Foto: Vicente Costales / EL COMERCIO

El beneficio rige hasta el 6 de marzo. Si se solicita en los últimos tres días del plazo se debe ir a las ventanillas. Foto: Vicente Costales / EL COMERCIO

El beneficio rige hasta el 6 de marzo. Si se solicita en los últimos tres días del plazo se debe ir a las ventanillas. Foto: Vicente Costales / EL COMERCIO

Los contribuyentes naturales y jurídicos que mantengan obligaciones pendientes con el Servicio de Rentas Internas (SRI), por concepto de impuestos retenidos o percibidos, pueden acceder a un plan excepcional de pagos de hasta 12 meses plazo, sin tener que dar un monto como entrada.

La medida consta en la primera disposición transitoria de la Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria, que entró en vigor el 1 de enero pasado.

El beneficio aplica para las obligaciones vencidas con corte al 31 de diciembre del año pasado y relacionadas únicamente con los impuestos al valor agregado (IVA), a los consumos especiales (ICE) y retenciones en la fuente de ambos tributos.

Según los abogados tributarios María Isabel Cisneros y Javier Bustos, el origen de las deudas depende de la situación de cada contribuyente, pero también es consecuencia del debilitamiento de la economía, que dificulta cumplir con estas responsabilidades.

La medida también evidencia que el Gobierno necesita liquidez, por lo que busca mecanismos que faciliten la obtención de esos recursos en el menor tiempo, agregaron.

El nuevo servicio está habilitado desde el 6 de enero y estará disponible hasta el 6 de marzo de este año. No hay límites en cuanto al monto de la deuda que se puede diferir.

De los 200 000 contribuyentes que mantienen deudas con el SRI, alrededor de 138 000 registran obligaciones que entran en este plan excepcional, explicó el SRI ante consultas realizadas por este Diario.

Las declaraciones presentadas y que se encuentran pendientes de pago ascienden a USD 178 millones. De ese monto, USD 49 millones, un 28% del total, corresponden a obligaciones generadas el año pasado y que podrán beneficiarse del plan excepcional de pagos, aclaró la entidad.

Para acogerse, el contribuyente debe presentar una solicitud vía electrónica. En la página web del SRI se debe ingresar al apartado de ‘Consulta de Deudas’, seleccionar la opción ‘Plan de Pagos’ y seguir las indicaciones del sistema.

Hay dos casos en donde la solicitud debe hacerse personalmente en las ventanillas.

Un primer grupo corresponde a quienes fueron responsables por representación de un negocio pero ya no ejercen dicha función. Ellos responderán por las obligaciones pendientes que se generaron durante su gestión. En un segundo grupo están los contribuyentes que soliciten esta facilidad durante los tres últimos días del plazo fijado para la presentación (del 4 al 6 de marzo).

Las personas que enfrenten procesos de coactiva también pueden acogerse, incluso se podría suspender la acción de cobro por el monto que se encuentre en el plan de pagos. Pero la persona debe entregar, en estos casos, una garantía equivalente al 110% del saldo de la obligación tributaria.

A diferencia de las tradicionales facilidades de pago que brinda Rentas Internas, con hasta 6 meses de plazo, el nuevo plan temporal otorga más tiempo para pagar y elimina el requisito de dar un adelantado equivalente al 20% de toda obligación, detalla Bustos.

Además, este proceso es distinto a las remisiones de intereses, multas y recargos que hubo en años anteriores, cuando el contribuyente debía cancelar el 100% del capital para que el resto sea condonado.

Esta vez, el monto total (capital más intereses, multas y recargos) se difiere en cuotas mensuales iguales.

“En una remisión, el SRI prácticamente perdona los intereses al usuario. En un plan de pagos esto no aplica y se cobra todo”, remarca Cisneros.

Actualmente, los mecanismos de pago con los que cuenta la Administración Tributaria son a través de ventanillas de las instituciones financieras, tarjeta de crédito y órdenes de débito a la cuenta.

El usuario tiene la posibilidad de pagar por anticipado la totalidad de la obligación o las cuotas, indica la resolución 001 que dicta el procedimiento del nuevo servicio.

No olvide

Débito. El usuario debe tener un convenio de débito bancario para que el pago de la cuota mensual se haga directamente de la cuenta sin requerimiento previo.

Pago. La primera cuota se pagará el mismo día del mes siguiente que recibió la notificación de autorización. Por ejemplo, si una persona fue notificada el 15 de enero, el primer abono se hará el 15 de febrero.

Incumplimiento. Si falla en alguna de las 12 cuotas mensuales, por el motivo que sea, el SRI procederá con el cobro inmediato de todo el saldo de la deuda.

En contexto

La Ley de Simplificación Tributaria se publicó en el Registro Oficial el 31 de diciembre del 2019 y entró en vigor desde el 1 de enero de este año. El Gobierno calcula que la norma permitirá recaudar alrededor de USD 600 millones adicionales en este año.

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