El Registro Civil se defendió en la audiencia oral de prueba y juzgamiento en la sede del Tribunal Contencioso Electoral, el pasado 1 de febrero del 2017, tras una denuncia sobre supuestas inconsistencias en el padrón electoral. Foto: Paul Rivas/ EL COMERCIO
El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) resolvió desechar la denuncia presentada en contra del Registro Civil, por una presunta infracción electoral. En la decisión judicial, tomada el 9 de febrero del 2017, se indica que las pruebas presentadas por el denunciante, Néstor Marroquín, no habrían comprobado un supuesto delito.
“Se declara sin lugar el presente juzgamiento y se desecha la denuncia en contra de La Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación representada por su Director General, el ingeniero Jorge Oswaldo Troya Fuertes”, reza en la sentencia.
Este viernes 10 de febrero se hizo público el documento. En el texto se señala que el Registro Civil “ha cumplido con la normativa determinada en los artículos 78, 80 y 82 del Código de la Democracia, con lo cual se colige que no existió vulneración a derecho alguno del recurrente”.
También expresa que no existió omisión en los procedimientos administrativos por parte del representante legal de la institución pública o por cualquiera de los funcionarios.
Arturo Cabrera, juez del Tribunal Contencioso Electoral, añadió que del análisis del expediente y de las actuaciones de las partes procesales se determinó que el denunciante no logró probar por ningún medio que el Registro Civil haya incurrido en infracciones. “Así como tampoco logró probar la vulneración a la garantía del debido proceso ni al derecho a la seguridad jurídica.”
Por último, el Juez recomendó a la Dirección General de Registro Civil difundir programas de información a la ciudadanía sobre el uso de sus servicios. Entre ellos, los procedimientos que deben seguirse para presentar reclamos, respecto a la inscripción de la defunción de personas.
El 1 de febrero pasado, Marroquín, exauditor informático acreditado ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) y actual candidato en Pichincha por Sociedad Patriótica, demandó al Registro Civil por supuestamente haber incurrido en dos delitos electorales: no haber entregado oportunamente la información al CNE y no haber depurado el padrón electoral.
“Si llegamos a probar que el registro electoral no refleja la realidad pondría en riesgo las elecciones”, advirtió Marroquín. El artículo 143 del Código de la Democracia, en su inciso tercero, establece la nulidad de las elecciones en caso de que se compruebe la suplantación, alteración o falsificación del registro electoral.
La demanda se fundamentó en los informes técnicos de los auditores que participaron en la depuración del padrón. Según Marroquín, existían cuatro inconsistencias en la base de datos del Registro que afectan la validez del padrón.