¿Se puede beber licor en Quito este fin de semana? COE prohibió la ‘venta’ de viernes a domingo por el covid-19

En el espacio público se realizan controles por el consumo de licor. Foto: Agencia Metropolitana de Control de Quito

En el espacio público se realizan controles por el consumo de licor. Foto: Agencia Metropolitana de Control de Quito

Operativos de control de consumo de licor en el espacio público. Foto: Twitter @amcquito

Un informe del Servicio Integrado de Seguridad ECU 911 revela que en un mes en Ecuador se registraron incidentes con 64 248 libadores, personas que consumían bebidas alcohólicas infringiendo la restricción por la pandemia del covid-19. El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) nacional recogió ese hecho como una de las razones para prohibir la venta de licor de viernes a domingo, desde este 31 de julio del 2020, en Quito y en todos los cantones de 18 provincias (Sierra, Amazonía y dos jurisdicciones de la Costa).

La última resolución del COE, máxima autoridad para fijar las regulaciones frente a la emergencia sanitaria en el estado de excepción, es precisa: “Se prohíbe la venta de licor de viernes a domingo, con excepción de restaurantes de la categoría 4 autorizados por el Ministerio de Gobierno, y turísticos autorizados por Ministerio de Turismo, únicamente como bebida de acompañamiento”.

La medida rige en los cantones de 18 provincias: Carchi, Imbabura, Pichincha, Cotopaxi, Tungurahua, Bolívar, Azuay, Chimborazo, Loja, Cañar, Santo Domingo de los Tsáchilas, Esmeraldas, Sucumbíos, Pastaza, Orellana, Morona Santiago, Napo y Zamora Chinchipe.

¿Está permitido beber licor en esos cantones?

La resolución emitida el jueves 29 de julio del 2020 por el COE no prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas de viernes a domingo en Quito ni en los cantones de las 18 provincias.

La única referencia que hace el COE, pero general, se refiere al espacio público. “Los GAD’s cantonales, conforme a sus competencias, están en la obligación de emitir y/o vigilar el cumplimiento de las ordenanzas para el control del orden en el espacio público”, consta en la resolución.

El 14 de julio del 2020, el Concejo Metropolitano de Quito solicitó al COE nacional que se emitiera una resolución para prohibir el consumo de alcohol en el Distrito Metropolitano, para contener la expansión del contagio de covid-19. Entonces, la ministra de Gobierno, María Paula Romo, señaló que el problema de fondo son las aglomeraciones. “El tema de aglomeraciones y libadores en espacios públicos depende del Municipio, dijo la funcionaria”.

El Pleno del Concejo Metropolitano (con 21 de 22 votos) solicitaba la aplicación de la 'ley seca', para evitar el consumo de licor no solo en el espacio público, sino para tomar medidas con personas en estado etílico.

La última resolución del COE no contempla la 'ley seca', sino exclusivamente la prohibición de la venta de cerveza, vino, ron, whisky y otras bebidas alcohólicas en tiendas, licorerías, supermercados, etc.

La medida se aplicará de viernes a domingo durante los dos primeros fines de semana de agosto del 2020 (se incluye el período del viernes 7 al domingo 9, en las 18 provincias de Ecuador). 

¿Prohibido beber en calle, parques y plazas de Quito?

En Quito hay regulaciones para el consumo de bebidas alcohólicas vigentes desde antes de la pandemia del covid-19. La Ordenanza Metropolitana 151, del 2 de diciembre de 2011, es un marco legal de obligatorio cumplimiento.

“Se prohíbe el consumo de cualquier tipo de bebidas alcohólicas, incluso aquellas consideradas de moderación, en el espacio público de dominio municipal... La prohibición alcanza el consumo al interior de cualquier vehículo automotor, público o privado, que se encuentre en el dominio público municipal” (calles, parques, plazas), reza en el artículo 2 de la Ordenanza vigente en Quito.

¿Cuál es la sanción por beber en un auto o en la calle?

La Ordenanza Metropolitana 151 no solo prohíbe el consumo de licor en el espacio público de Quito, sino también la venta en esos lugares (calles, parques o desde el interior de automotores).

“El incumplimiento de cualquiera de las normas que este capítulo establece en relación con el expendio o consumo de bebidas alcohólicas, será sancionado con la aplicación de una multa del cincuenta por ciento (50%) del salario básico”, reza en la Ordenanza.

Eso significa que las personas que sean halladas libando en calles serán sancionadas con el pago de una multa de USD 200.

“La reincidencia se sancionará con el doble de la multa previamente establecida” (artículo 4 de la Ordenanza 151).


Reuniones, fiestas, graduaciones

La última resolución emitida por el COE nacional señala que “están prohibidas todo tipo de reuniones sociales”, por lo que el consumo de licor durante el encuentro de amigos o familiares bajo techo será sancionado.

Si un vecino se reúne o si detecta una fiesta, puede alertar el incidente al ECU-911. Los operadores del Servicio Integrado de Seguridad notificarán a la Policía. También puede informar al chat comunitario creado entre los moradores y los policías de cada barrio.

Toque de queda diferenciado el fin de semana

Del viernes 31 de julio al domingo 2 de agosto el toque de queda regirá de 19:00 a 05:00 en Quito y en los cantones de las 18 provincias. En tanto, de lunes a jueves el toque de queda se aplicará de 21:00 a 05:00.

El servicio de entrega a domicilio podrá funcionar hasta las 22:00. Las actividades comerciales, como supermercados, deberán ceñirse al nuevo horario de toque de queda vigente para estos días.

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