Migrantes venezolanos en la Base Aérea Simón Bolívar, en el norte de Guayaquil. Foto: Archivo / EL COMERCIO
Después de nueve meses de análisis del proyecto que presentó el Ejecutivo para reformar a la Ley de Movilidad Humana, la Comisión de Relaciones Internacionales aprobó hoy, miércoles 29 de abril del 2020, el informe para primer debate en el Pleno de la Asamblea.
Según el presidente de la Comisión, Fernando Flores (Creo), el documento recoge la mayor parte las propuestas que formuló el Gobierno. Entre los 99 artículo del texto, se incluye un proceso abreviado para la deportación de extranjeros y nuevas causales.
El artículo 86, que sustituye el 143 de la norma vigente, estipula ocho causales para las deportaciones. Entre esas, el ingreso por un lugar no autorizado, salvo las personas sujetas a protección internacional.
También para el extranjero que proporcione, en cualquier tiempo, documentación fraudulenta o alterada. Y también para aquel que no haya iniciado el proceso de regularización, o reincida en faltas migratorias.
El proceso de deportación se dará “de manera inmediata” para aquellos que cometan contravenciones como alterar el orden público o actos vandálicos, o que tengan una sentencia condenatoria ejecutoriada de tres a cinco años de cárcel.
El informe, que no tiene el carácter de vinculante para el Pleno, fue aprobado con ocho votos a favor de entre 13 integrantes de la Comisión.
Señala que mientras dure el proceso de deportación, “la persona extranjera permanecerá en el centro de acogida determinado por la autoridad competente de control migratorio, debiendo ser informada de su derecho a comunicarse con su representante consular en el marco de los tratados y convenios internacionales de los cuales Ecuador es parte”.
La Comisión también aprobó hoy el informe para el segundo debate de la reforma al Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público, con el cual en el anterior Gobierno se dio paso a la creación de un organismo especial de protección presidencial.
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