Ley Penal cumple un año en medio de reformas

En la Asamblea se analiza un paquete de modificaciones para pulir el COIP. Foto: Patricio Terán/ EL COMERCIO

En la Asamblea se analiza un paquete de modificaciones para pulir el COIP. Foto: Patricio Terán/ EL COMERCIO

En la Asamblea se analiza un paquete de modificaciones para pulir el COIP. Foto: Patricio Terán/ EL COMERCIO

El Código Orgánico Integral Penal (COIP) cumple hoy un año de vigencia. La normativa -que sustituyó a una vieja
legislación de más de 70 años- incorporó nuevos delitos, como el sicariato, el feminicidio, la mala práctica profesional o la violencia psicológica contra la mujer o el núcleo familiar.

Pese a que han pasado apenas 12 meses de vigencia, en la Asamblea ya se analiza un paquete de reformas para ‘mejorar’ ese cuerpo legal. Dentro de los cambios, los legisladores estudian sancionar la falsificación de marcas y piratería, endurecer las penas para aquellos conductores que manejen bajo los efectos del alcohol u otras drogas y que provocan accidentes con daños materiales. También se plantea limitar el uso de la conciliación en tránsito.

Actualmente, la ley penal permite a los sospechosos de siniestros viales llegar a un acuerdo con las víctimas, siempre y cuando no se reporten fallecidos. De aprobarse el paquete de reformas, la conciliación tampoco se podrá utilizar si hay heridos con lesiones graves y que les causen incapacidad permanente, pérdida o inutilización de algún órgano.

El principal cambio a la legislación penal y que concentró gran parte del análisis es el relacionado con la piratería. En la propuesta inicial se establecía una sanción de 31 a 45 días de prisión y multas económicas de hasta USD 100 300 para quienes copien marcas o vendan discos de música y video sin autorización de los autores.

Los asambleístas consideraron que estas medidas eran “desproporcionadas”. De allí que en el nuevo texto se excluye la cárcel, pero se mantienen las multas económicas con un techo que precisamente llega a los USD 100 300.

Pero, ¿cuál es el balance que deja el primer año del Código Penal en el país? EL COMERCIO obtuvo estadísticas de seis nuevos delitos que se incluyeron en el actual cuerpo legal.

La violencia psicológica

En enero, cinco meses después de que entrara en funciones el COIP, un tribunal penal de Pichincha emitió la primera sentencia contra un hombre acusado de agresiones psicológicas contra su esposa.

Al detenido, identificado como Geovanny P., se lo obligó a pasar 30 días en prisión y a cancelar USD 150 a su cónyuge como indemnización por los daños emocionales. En el examen, los peritos concluyeron que hubo afectación leve y baja autoestima.

Este nuevo delito (art. 157) se castiga con penas que van de un mes a tres años de prisión. En el primer año de vigencia, la Judicatura reportó 9 925 casos relacionados con agresiones verbales contra la mujer o miembros de la familia.

No afiliación al Seguro Social

Durante el debate del Código Integral Penal, grupos de empresarios dijeron sentirse inquietos por el artículo 244, que castiga con penas de entre tres y siete días la falta de afiliación al Seguro Social.

Pese a esos temores, las cifras demuestran pocas denuncias en estos 12 primeros meses que rige la ley penal.

Los datos oficiales refieren que en este período hubo 17 juicios contra empleadores que incurrieron en este delito.

Según el IESS, en mayo del 2014 se reportaron 2,9 millones de afiliados. Para noviembre de ese año, el organismo dijo que la cifra de aportantes aumentó a 3,1 millones. En su página web, el Instituto habilitó una plataforma para denunciar estos casos.

Muerte de mascotas

La primera sentencia por maltrato de mascotas ocurrió en Santo Domingo de los Tsáchilas, en mayo pasado. Una jueza condenó a James C., de 24 años, por las agresiones contra Oso, un pastor alemán de 4 años. El sospechoso atacó al perro con el madero de una pala. La fuerte agresión le provocó daños en el cráneo y también perdió un ojo. Sus dueños decidieron sacrificarlo debido a las graves lesiones.

El culpable fue condenado a 100 horas de servicio comunitario y al pago de USD 500 a los propietarios del pastor alemán.

En el primer año de vigencia del COIP, las unidades judiciales del país reportaron 152 denuncias por maltrato o muerte de mascotas.

La pelea de perros

El Código Penal fija penas de siete a 10 días de prisión a quienes entrenen, organicen, promocionen o programen peleas entre perros. La sanción sube a 15 y 30 días si en un combate el animal sufre lesiones, mutilaciones o la muerte.

En los últimos 12 meses se registraron ocho procesos judiciales por este delito. ‘Las peleas de perros son una realidad en el Ecuador. Ayúdanos a que se cumpla el COIP. Todos tras las rejas’, escribió el sábado la Fundación Trato Ético a los Animales. Y exhibió la fotografía de un perro herido.

En los últimos meses, los legisladores analizaron la denominada Ley Orgánica de Bienestar Animal (LOBA), una normativa que protege a la diversidad animal.

​Incidentes en estadios

Desde el 10 de agosto del 2014, fiscales, policías, comisarios y jueces de flagrancia intervienen en los partidos de fútbol considerados de alto riesgo. Sus operaciones se amparan en el artículo 397 del COIP.

Esa figura establece hasta 100 horas de trabajo comunitario y la prohibición de ingresar a las canchas por un año a aquellos fanáticos que provoquen incidentes, arrojen bengalas o ingresen armas.

Santiago A. fue el primer hincha en recibir esta sanción. En septiembre del 2014 lo condenaron a cumplir 50 horas trabajo comunitario por encender una bengala. También se le negó la entrada a los estadios por 12 meses. Esta restricción concluye el próximo mes. Hay 18 casos.

Sanción por conducir ebrio

Por primera vez, en el Código Penal se incluyeron tres escalas para juzgar a los conductores ebrios. Las sanciones van desde un salario básico de multa económica, pérdida de cinco puntos a la licencia y cinco días de prisión, hasta tres remuneraciones básicas, suspensión de 60 días a la licencia y un mes en prisión.

10 092 conductores han sido procesados penalmente desde que entró en vigencia la ley por manejar bajo los efectos del alcohol, según datos de la Judicatura.

La Agencia Nacional de Tránsito reportó 17 492 accidentes viales a escala nacional entre enero y junio de este año. La séptima causa de todos esos siniestros es la conducción bajo efectos del licor.

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