Faltan seis días para que el Código Orgánico Integral Penal (COIP) entre en vigencia a escala nacional. La normativa de 423 artículos incluye 77 nuevas infracciones que no constan en el Código Penal vigente, según lo explica la asambleísta Gina Godoy, vicepresidenta de la Comisión de Justicia del órgano legislativo en donde se analizó esta Ley.
Por ejemplo, la nueva Ley Penal sanciona a la delincuencia organizada, el homicidio por mala práctica profesional, la oferta de servicios sexuales con menores de edad por medios electrónicos, la ocupación y uso ilegal de suelo o tráfico de tierras, la supresión, alteración o suposición de la identidad y estado civil, entre otros.
En uno de los enlaces ciudadanos, el presidente de la República, Rafael Correa, destacó que en el COIP se retiraron 17 delitos y contravenciones que todavía constaban en el actual Código.
Estos son el desprestigio a la autoridad, la inculcación a la desobediencia, promoción de desfiles o manifestaciones públicas no autorizadas, los que no pintaren las paredes exteriores de su casa, los que amansaren caballos dentro de las poblaciones, los que se bañaren quebrantando las reglas de la decencia, de los vagos y mendigos, falsificación de oro, plata y otros metales, etc.
El Código Orgánico Integral Penal fue aprobado en el Pleno de la Asamblea Nacional a mediados de diciembre del año pasado.
Según los legisladores, otro logro fue que 13 infracciones que constan en el Código Penal actual han sido mejoradas o completadas: desaparición forzada, trata de personas, tortura, ejecución extrajudicial, abandono de personas, testaferrismo, etc.
El feminicidio
Los crímenes contra mujeres son cometidos en un 46% por temas relacionados a la violencia intrafamiliar, según cifras del INEC. El artículo 141 del Código Orgánico Penal sanciona con hasta 26 años de prisión a la persona que, como resultado de relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia, dé muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género.
Discriminación
Cualquier acto de discriminación, rechazo o exclusión por temas de nacionalidad, etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, estado civil, religión idioma, discapacidad, condición migratoria u orientación sexual, con e1 objetivo de anular los derechos de igualdad, será sancionado con pena privativa de libertad de uno a tres años.
Simular secuestros
El Código Orgánico Integral Penal tipifica la simulación de secuestros en el artículo 163. Quien cometa este ilícito recibirá una pena privativa de la libertad de seis meses a dos años. El secuestro con extorsión tiene una pena de 10 a 13 años. El máximo castigo se aplicará cuando la privación de la libertad de la víctima supere los ocho días o si el secuestro se lo hace con fines políticos.
Sicariato
La persona que mate a otra por precio, pago, recompensa, promesa remuneratoria u otra forma de beneficio para un tercero, será sancionada con pena privativa de libertad de 22 a 26 años. También será castigado quien haga de intermediario. La publicidad u oferta de estos servicios ilegales serán sancionadas con pena privativa de la libertad de hasta siete años (artículo 143).
Falsos profesionales
Ahora es prohibido ejercer profesiones sin poseer título académico. El artículo 330 del Código Orgánico Integral Penal sanciona esta falta con pena privativa de la libertad de seis meses a dos años. A los profesionales que favorezcan a otras personas para el ejercicio ilegal de una carrera los inhabilitarán por seis meses e irán hasta un año a prisión.
Delitos informáticos
El artículo 230 de la Ley sanciona la interceptación ilegal de datos. El castigo es de tres a cinco años si alguien diseña, desarrolla, programa o envía mensajes, enlaces o ventanas con los dominios de servicios financieros ilegales a la gente. con la finalidad de extraer información financiera de las víctimas. Este delito informático es conocido como phishing.