Clientes realizaron este viernes 1 de abril del 2020 cobros y pagos en los bancos. Las entidades recomiendan optar por canales electrónicos. Foto: Diego Pallero / EL COMERCIO
Los beneficios de refinanciamiento y períodos de gracia para el pago de créditos y de deudas con tarjetas de crédito se habilitaron el mes pasado en 16 de los 24 bancos privados que forman parte de la Asociación de Bancos Privados (Asobanca).
Estas medidas fueron una iniciativa de las entidades que forman parte de la Asobanca. El gremio explicó que cada banco ha armado una estrategia propia que se puede consultar a través de los canales digitales de cada institución.
Han pasado dos semanas desde que se anunciaron las alternativas de alivio para clientes. Asobanca aún no posee datos globales del número de usuarios que se han acogido.
Julio José Prado, presidente de ese gremio, explicó que el diferimiento de cuotas se ha aplicado de manera automática para los clientes de algunos bancos y otros procedieron por pedido de los usuarios.
En el caso de Banco Internacional, el 70% de los clientes con créditos de consumo, micro, vivienda y tarjetas de crédito se han beneficiado del aplazamiento de dos cuotas.
El Pichincha reportó que 380 000 clientes han buscado acceder al diferimiento. En este banco, los usuarios con créditos personales y de vivienda pueden pedir de manera expresa que se difiera el pago de dos cuotas. En microcréditos y créditos productivos de pequeñas firmas se aplazaron los pagos de hasta tres cuotas de forma automática.
Esta entidad también ofrece a sus clientes la alternativa de diferir el pago de dos cuotas de sus tarjetas de crédito.
“El valor mínimo a pagar una vez aplicado el mecanismo, es cero”, dijo Ignacio Maldonado, vicepresidente ejecutivo de marketing del Banco Pichincha. El ente ha recibido 25 000 solicitudes de tarjetahabientes.
Procredit aprobó 500 pedidos para posponer pagos de créditos. En esta entidad los clientes con ventas de hasta USD 1 millón anual pueden aplazar dos cuotas de sus créditos.
Uno de los clientes que decidió acogerse al diferimiento es William Vizcaíno, que tiene un crédito de consumo en Produbanco. Él contó que en esta entidad el beneficio de aplazar el pago de las dos cuotas se realizó de manera automática, y añadió que tendrá que pagar al final de la tabla.
“Tengo una empresa de software y mi problema no es solo que no estamos trabajando, sino que hay dinero que no me han pagado y no puedo cumplir con el pago de mi crédito porque ahora las prioridades son otras”, comentó.
Daniel Barrionuevo y Gabriela Bautista necesitaban diferir las cuotas de sus tarjetas de crédito porque la emergencia ha mermado sus ingresos. En los dos casos, los usuarios tuvieron dificultades para que sus pedidos sean atendidos por canales telefónicos de sus entidades financieras.
Ellos cuentan que tuvieron que realizar varios reclamos por más de una semana a través de redes sociales.
Barrionuevo contó que la entidad emisora de su tarjeta le explicó que al acogerse al diferimiento, al final del período de gracia se le calculará una cuota mínima a pagar equivalente a tres meses. “El mínimo normalmente es de USD 220 en mi tarjeta, pero pagar un monto acumulado ya no sería una gran ayuda”, dijo.
El refinanciamiento de créditos es otra alternativa en medio de la emergencia. La mayoría de bancos ya ofrecían anteriormente esta opción, para los clientes que tienen dificultades para pagar sus haberes.
Entre las opciones de refinanciamiento se puede acordar pagar el capital en un período más largo de tiempo, bajar el monto de pago de las cuotas, cambiar las formas de pago de los saldos pendientes, ajustar el pago de intereses y otras.
En el Biess rigen, desde antes de la emergencia, opciones para refinanciar hipotecarios. Y la entidad ofrece período de gracia de hasta 18 meses para los afiliados en mora.
El pasado 22 de marzo, la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera emitió la resolución 569-2020-F, que establece los mecanismos de regulación para la aplicación de estos beneficios.
Según la Superintendencia de Bancos, la resolución es de cumplimiento facultativo; es decir, los bancos no están obligados a ofrecer los beneficios.
La norma 569-2020-F aplica solo para las entidades financieras públicas y privadas que han decidido ofrecer estas medidas de alivio a sus clientes. De ahí que los usuarios deciden si se acogen o no.
La entidad financiera, por su parte, “las aplicará bajo la petición y aceptación expresa del usuario”, explicó la Superintendencia de Bancos.
Por ejemplo, la resolución establece que la calificación de crédito del cliente no deberá bajar o deteriorarse si este accede a los programas de alivio y se detalla que las operaciones de refinanciamiento no deberán considerarse como nuevos créditos.
Además, la norma indica que ninguna institución bancaria podrá cobrar valores adicionales o comisiones por estas operaciones, que se realizarán por la emergencia sanitaria.