Los civiles usarán armas solamente en casos excepcionales

ALFREDO LAGLA / EL COMERCIO La Comisión de Soberanía y Seguridad analizó la mañana de ayer este tema.

ALFREDO LAGLA / EL COMERCIO La Comisión de Soberanía y Seguridad analizó la mañana de ayer este tema.

La Comisión de Soberanía y Seguridad analizó la mañana del 8 de mayo del 2017 el Código de Entidades de Seguridad Ciudadana. Foto: Armando Prado / EL COMERCIO

El denominado Código de Entidades de Seguridad Ciudadana quedó listo y ahora el Pleno de la Asamblea debe aprobarlo y remitirlo al Ejecutivo. El lunes 8 de mayo del 2017, la Comisión de Soberanía realizó los últimos ajustes al texto y se prevé que se lo discuta este miércoles; es decir cuatro días antes de la posesión de los nuevos legisladores.

El Libro III es el que más polémica generó. Allí se habla del Servicio de Protección Pública (SPP), un cuerpo civil que se encargará de custodiar a las autoridades del Estado, entre estas el Presidente y Vicepresidente.

Inicialmente, el Ejecutivo planteó que este ente sea armado, pero la Comisión optó por eliminar esa palabra.

El lunes incluso se decidió incorporar una disposición general que señala que el Ministerio de Defensa, a través del Comando Conjunto, autorizará el porte de armas a este cuerpo civil y a otros relacionados con la seguridad complementaria (agentes aduaneros o penitenciarios). Sin este permiso, solo podrán usar armas no letales, aunque no se especificó cuáles, pues se indicó que eso se definirá en un reglamento.

Esa disposición no dejó conformes a los asambleístas Diego Salgado (Creo); Fernando Bustamante (independiente); y Verónica Rodríguez (AP). Los tres votaron en contra del Libro III y advirtieron que la Constitución (art. 158) es clara y únicamente da atribuciones de seguridad a dos instituciones: la Policía Nacional y a las Fuerzas Armadas.

“Desde un inicio dejé clara mi postura con respecto a este Libro. No estoy de acuerdo porque lo considero inconstitucional. En ese artículo (158) no se dice que podrán actuar otras entidades complementarias. Si eso se quiere, hay que reformar la Constitución”, dijo Rodríguez.

Salgado, en cambio, cuestionó la premura con la que se debatió el proyecto en estos últimos días. Y recordó que debe mediar 45 días entre el primer y segundo debate de un proyecto de ley, y no 42 meses como ha ocurrido con el Código de Entidades de Seguridad Ciudadana.

“No sé cuál es el apuro. Va algunos años este proyecto en la Comisión. Se debió esperar para que sea analizado por la próxima legislatura”, dijo el asambleísta de Creo.

Este texto lleva ya seis años en la Asamblea. El Ejecutivo lo envió el 30 de septiembre del 2011; un año después de la insubordinación policial, pero no ha sido aprobado por diversas situaciones, entre ellas los puntos polémicos.

Por ejemplo, el traspaso voluntario de militares hacia cuerpos de seguridad aduanera, penitenciaria o ambiental. Eso actualmente ya no consta en el proyecto que será debatido en el Pleno.

Aunque la mesa legislativa decidió borrar la palabra ‘armado’ de la razón de ser del Servicio Público de Protección, el 8 de mayo se cuestionó que esa palabra apareciera en otro punto del texto: en el artículo 200, inciso 17.

Allí se menciona que son obligaciones del personal del SPP, “actuar con debido cuidado y precaución en el empleo, uso o manejo del armamento”. Salgado pidió que se elimine también esa palabra, pero el bloque de Alianza País no dio paso.

Ante esto, María Augusta Calle y Dora Aguirre, integrantes de AP, recordaron en la sesión que no todo el personal del Servicio de Protección Pública utilizará armas de fuego y habló de casos excepcionales.

Sin embargo, Fernando Bustamante consideró que esto es contradictorio. “Voy a decir lo siguiente: no se puede dar protección a una dignidad sin armas; discúlpeme. Debo tener armamento para esa tarea. Si hablamos de medios disuasivos, estamos hablando de armas. No se trata de responder un atentado al Presidente con buenos consejos o razones”.

Aguirre sostuvo que, por primera vez, el país contará con un sistema integral articulado y organizado, que ofrecerá más seguridad. Y que el trabajo del personal de SPP será profesional, independiente y sin ninguna relación con temas políticos.

En el Libro II también hubo cambios. El Ejecutivo había planteado que se cree el denominado Servicio Civil de la Investigación de la Infracción, para rastrear al crimen organizado.

Pero eso se modificó y se decidió que el ente esté integrado por personal policial y civil, bajo el nombre de Servicio Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

Según el artículo 146 del proyecto de ley, la naturaleza de este cuerpo es de carácter civil, técnico, especializado y prestará apoyo técnico y científico a los órganos encargados de la administración de justicia.

Suplementos digitales