En Quito circularán solo placas impares el domingo 13 de septiembre del 2020, en el último día de estado de excepción

El próximo domingo 13 de septiembre de 2020 solo podrán circular vehículos cuyas placas terminen en un dígito impar (1, 3, 5, 7 y 9).

El próximo domingo 13 de septiembre de 2020 solo podrán circular vehículos cuyas placas terminen en un dígito impar (1, 3, 5, 7 y 9).

La Agencia Metropolitana de Tránsito emitió entre el viernes 11 y el sábado 12 de septiembre del 2020 información contradictoria sobre la circulación de vehículos particulares para este domingo 13 de septiembre. Foto: Eduardo Terán / EL COMERCIO

Es oficial. Este domingo 13 de septiembre del 2020 Ecuador continúa en estado de excepción por la pandemia del covid-19. En ese contexto, el vicealcalde de Quito, Santiago Guarderas, precisó la tarde de este sábado 12 que -debido a esa restricción- aún no se aplica el Plan ‘Hoy Circula’ elaborado por el Municipio de Quito, que autoriza el tránsito de automotores sin distinción de placas los días domingos y feriados.

“Este domingo 13 de septiembre de 2020, mientras rige el estado de excepción, únicamente circulan los vehículos particulares con dígito impar (1, 3, 5, 7 y 9)”, señaló Guarderas en su cuenta de Twitter.

La aclaración se produce después de una serie de mensajes contradictorios publicados en menos de 24 horas por la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT). La entidad señaló hasta antes del mediodía que, tal como lo ha confirmado el Vicealcalde, este domingo 13 solo circulan autos con placas terminadas en dígito impar, de acuerdo con lo establecido por el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional, que regula la movilidad durante el estado de excepción.

Tuit eliminado por la Agencia Metropolitana de Tránsito. Foto: Captura

Captura de pantalla de una respuesta emitida el 11 de septiembre del 2020 por la tarde por la AMT a un usuario sobre la ciruclación vehicular para este domingo 13 de septiembre del 2020. Foto: captura.

Sin embargo, pasadas las 12:00 de este sábado la AMT señaló que este domingo circularían todas las placas, con base en la Resolución A-060 emitida el 10 de septiembre último por el alcalde de Quito, Jorge Yunda, que contempla una serie de disposiciones para la ciudad, que entrarán en vigencia después del estado de excepción.

Esa Resolución tiene como fecha de aplicación el 13 de septiembre. Pero el Decreto Ejecutivo 1126 suscrito por el presidente Lenín Moreno el 14 de agosto pasado declaró 30 días de excepción y ese plazo se cumple a las 24:00 de este domingo. Una resolución de un alcalde no puede modificar un decreto presidencial.

Este domingo 13 de septiembre no podrán circular vehículos con placas terminadas en par y cero (2, 4, 6, 8 y 0). Sin embargo, el COE Nacional dispuso que los salvoconductos entregados por el Ministerio de Gobierno tendrán vigencia hasta el 31 de octubre del 2020. En adelante, serán emitidos por el Municipio de Quito.

El Plan de restricción vehicular ‘Hoy Circula’, contemplado en la Resolución A-060 de Yunda, empezará a aplicarse en el Distrito Metropolitano desde el lunes 14 de septiembre del 2020. “A partir del domingo 20 de septiembre podrán circular todas las placas”, precisó este sábado el vicealcalde Guarderas.

¿Cuándo finaliza el estado de excepción?

“El estado de excepción decretado en todo el territorio nacional, por la pandemia del covid-19, finalizará el domingo 13 de septiembre a las 23:59”, enfatiza el Servicio Nacional de Gestión de Riesgos, en un comunicado emitido este sábado 22 de septiembre.

El viernes, el titular del Servicio Integrado de Seguridad ECU 911, Juan Zapata, fue puntual: “Es necesario aclarar que el estado de excepción sigue vigente hasta el domingo 13 de septiembre, 24:00”, dijo.

Ecuador ya no estará en estado de excepción desde las 00:00 del lunes 14 de septiembre. Eso significa que no habrá toque de queda, pero sí medidas de restricción dispuestas por cada gobierno local.

La Resolución A-060 contempla medidas de regulación para Quito: una de ellas es el Plan de restricción vehicular ‘Hoy Circula’, otra es la prohibición de espectáculos públicos, la suspensión de la licencia a bares, discotecas, etc.

‘Hoy Circula’ con rotación de placas en Quito

La Resolución A-060 mantiene el esquema de autorización de movilidad con placas pares e impares. Eso implica que no se retomará el sistema de restricción de dos dígitos por día, como estaba vigente hasta inicios de marzo, cuando se declaró la emergencia sanitaria. En adelante, la nueva fórmula de autorización de circulación tendrá una alternancia mensual.

Meses impares: enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre

Los vehículos con placas terminadas en un número impar (1, 3, 5, 7 y 9) circularán los días lunes, miércoles y viernes en lo que queda de septiembre y en noviembre del 2020.

En cambio, los automotores con placas par y cero (2, 4, 6, 8 y 0) circularán los martes, jueves y sábado.

Meses pares: febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre

Los vehículos con placas terminadas en par y cero (2, 4, 6, 8 y 0) circularán lunes, miércoles y viernes de octubre y diciembre.

En cambio, los automotores con placas impar circularán los martes, jueves y sábado en los meses impares del calendario.

¿Qué placas circularán los domingos?

Los domingos (desde el 20 de septiembre) podrán circular todos los vehículos sin restricción, igual que en los días feriados nacionales (Independencia de Guayaquil, Difuntos, Independencia de Cuenca, Navidad) y locales (Fundación de Quito).

Conductores autorizados a circular y nuevos salvoconductos

Algunos vehículos se encontrarán exceptuados de las restricciones vehiculares; es decir, tendrán salvoconducto. Para otras actividades, como personal de salud, no se requerirá tener el documento y sus vehículos podrán circular libremente. En este sentido, la Secretaría de Movilidad deberá emitir un instructivo para con requisitos, requerimientos y procedimientos para la emisión de los salvoconductos.

En el caso de aquellos vehículos que no requieren salvoconducto, los conductores deberán portar la licencia de conducir para el tipo de vehículo autorizado y, según corresponda, la credencial institucional o laboral que los acredite para la excepción.

En cambio, cuando se trate de actividades autorizadas para salvoconducto, el conductor deberá presentar este documento, que habilitará la circulación de su vehículo según el procedimiento y los requisitos detallados en el instructivo de la Secretaría de Movilidad.

¿Cómo obtener el salvoconducto?

Desde el 24 de septiembre se habilitará una página web desde donde la ciudadanía que necesita circular sin restricción puede obtener el documento.

Sanción por incumplimiento del ‘Hoy Circula’

Las personas que incumplan las nuevas medidas de restricción vehicular serán sancionadas con una multa equivalente al cincuenta por ciento de un salario básico unificado (es decir, USD 200), así como el retiro y retención del vehículo.

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