El Servicio de Rentas Internas (SRI) establece anualmente un cronograma para el cumplimiento de cada obligación tributaria. Foto: Archivo / EL COMERCIO
Con la proyección de gastos personales, que se efectúa este mes, inicia el calendario tributario para personas naturales.
El Servicio de Rentas Internas (SRI) establece, anualmente, un cronograma para el cumplimiento de cada obligación tributaria, que se realiza por lo general de acuerdo con el noveno dígito de la cédula o registro único de contribuyentes (RUC).
Para este año, las personas naturales deben tener en cuenta un aspecto nuevo que es la entrega de información de activos monetarios en el exterior, que se debía presentar en noviembre pasado y se aplazó al mes de febrero.
Adicional a esta obligación, hay otras seis como la presentación del anexo de gastos personales en febrero, la declaración del impuesto a la renta (IR) en marzo, la declaración patrimonial en mayo y los pagos de la primera y segunda cuota del anticipo al (IR), en julio y septiembre.
De forma mensual, además, los contribuyentes que hacen ventas de productos o servicios con impuesto al valor agregado (IVA), del 12%, deben declarar este tributo.
Aquellas personas que realizan actividades gravadas con IVA del 0%, por ejemplo de los arriendos, deben declarar semestralmente.
Si no tiene actividad, pero mantiene el RUC activo, debe presentar el formulario de declaración, mensual o semestral, según la actividad.
El cumplimiento de las obligaciones se puede hacer en la página web del SRI o en las agencias de la entidad que se encuentran a escala nacional.
A continuación le presentamos una herramienta interactiva que le permitirá conocer las fechas y obligaciones que debe presentar: