Los familiares y los abogados al final de la audiencia. Foto: Diego Bravo/ EL COMERCIO
La audiencia en la Unidad de Flagrancia por el caso del cadete muerto en la Escuela Superior Militar Eloy Alfaro (Esmil) fue calificada por el juez David Lasso de reservada, la noche del jueves 15 de marzo del 2018.
La medida fue adoptada por el juez, pese a que el artículo 562 del Código Penal puntualiza que las audiencias son públicas, excepto cuando se trata de tres tipos de delitos: contra la integridad sexual y reproductiva; violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, y contra la estructura del Estado constitucional.
El policía Juan Mejía que custodiaba el ingreso a las salas de audiencias dijo que, por disposición del juez, los periodistas no pueden ingresar a la audiencia. Únicamente permitió el paso a los abogados de los dos uniformados investigados por este caso, el capitán Edgar M. y el teniente Xavier Ch., así como unos pocos familiares de los procesados y otros militares.
El resto de gente se quedó en la planta baja del edificio de la Unidad de Flagrancia, ubicado en la avenida Patria y 9 de Octubre (centro de Quito). Los allegados de los procesados estaban allí para seguir de cerca lo que pasó. También hubo más militares vestidos de camuflaje y otros de civil.
La audiencia de flagrancia comenzó a las 23:20 y finalizó aproximadamente a las 23:50. Vladimir Porojnia, abogado del capitán Edgar M., manifestó que en la audiencia no se calificó flagrancia en contra de los dos oficiales. “En el presente caso, de los elementos que ha recabado Fiscalía, no existe elementos relevantes para abrir la instrucción y ha solicitado, dentro de sus atribuciones constitucionales, dejar en una etapa preprocesal penal; es decir, una investigación previa”.
“Al ser una investigación previa no cabe una medida cautelar en contra de los detenidos, tanto del capitán y el teniente, quienes por testimonio de otros cadetes han referido que ellos han prestado el auxilio necesario dentro de sus funciones. No existe una presunta culpa (…) por lo cual se deja en investigación previa y no existe ningún tipo de medida cautelar como prisión preventiva, presentaciones periódicas o prohibición de salida del país”.
Christian López, abogado del teniente Xavier Ch., expresó que su defendido colaborará en adelante con todas las diligencias que disponga la Fiscalía. Ambos juristas se solidarizaron con la familia del cadete fallecido, Leiver Pineda, de primer año de la Esmil
“La Fiscalía, al ser titular de la acción pública, recabará elementos, indicios, para determinar si existe mérito para formular en lo futuro”, precisó López.
Otro aspecto que influyó – aseguraron los abogados- fue que en la autopsia médico legal practicada al fallecido se determinó que no hubo agresiones o lesiones físicas que puedan presumir que fue ahogamiento intencional, una falta de deber objetivo de cuidado o alguna culpa con respecto a los instructores.
Al final de la diligencia, los dos oficiales recuperaron la libertad y sus familiares se abrazaron de felicidad. Lloraban y agradecían a los abogados.