El bloqueo de las intersecciones será sancionado con una severa multa de un salario básico (USD 354) desde el 1 de octubre próximo, según aprobó el Concejo Cantonal de Guayaquil este jueves 6 de agosto del 2015. Foto Juan Carlos Mestanza/EL COMERCIO
El Concejo Municipal de Guayaquil aprobó la primera ordenanza de tránsito que sanciona el bloqueo de intersecciones y prohíbe estacionarse en la calle Boyacá, como parte de las medidas para solucionar los problemas de circulación vehicular en la ciudad.
La sesión ordinaria se cumplió este jueves 6 de agosto del 2015 en el Salón de la Ciudad y estuvo presidida por el alcalde Jaime Nebot.
La primera ordenanza de tránsito, desde que el Municipio de Guayaquil asumió la competencia el 1 de agosto, había sido aprobada en primer debate el pasado 30 de julio.
La norma legal se denomina “Ordenanza para la facilitación de la circulación vehicular en la ciudad de Guayaquil” y se aplicará desde el jueves 1 de octubre del 2015.
Pero, previamente, desde este lunes 10 de agosto está previsto el inicio de una campaña de difusión orientada para la ciudadanía, en especial los conductores.
Al Concejo Cantonal le tomó apenas nueve minutos tratar y aprobar en segundo debate la ordenanza con el voto de la mayoría de los concejales, excepto de la edil María del Carmen Alman (País), quien se abstuvo de votar.
La ordenanza de facilitación de la circulación vehicular en Guayaquil establece que todo vehículo, público o privado, con o sin pasajeros, deberá esperar el cambio de luz del semáforo antes del llamado paso cebra, si este está efectivamente pintado o delimitado, o a una distancia equivalente a dicho paso si no estuviera pintado o delimitado. De manera que en ningún caso bloquee la respectiva intersección afectando el tránsito vehicular.
Los conductores que con sus vehículos bloquearon las intersecciones obstaculizando la movilización vehicular serán sancionados con una multa equivalente a un salario básico unificado del trabajador en general. En caso de reincidencia en la comisión de la infracción la sanción será de dos salarios básicos unificados.
La sanción será notificada a través de medios electrónicos, mediante avisos en alguno de los diarios de mayor circulación en el cantón Guayaquil, al momento de cometer la infracción o al realizar el proceso de Matriculación y Revisión Técnica Vehicular ante la autoridad competente, a elección de la autoridad competente.
La medida establece también la restricción de coger y dejar pasajeros a lo largo de la calle Boyacá, desde la calle Piedrahita hasta la avenida Olmedo, en horarios de lunes a sábado, de 07:00 a 19:00. Así, se determina que los conductores de taxis convencionales, de taxis ejecutivos y en general ningún conductor de vehículos, puede dejar o recoger pasajeros o mercaderías en la calle Boyacá.
El incumplimiento de esta prohibición será sancionado con una multa equivalente a la mitad de un salario básico y la reincidencia con el doble.
El objetivo de la norma es maximizar la capacidad operacional de la calle Boyacá por donde se desplaza la Metrovía en su carril exclusivo. Y que los taxis o vehículos particulares hagan uso de las calles transversales a la calle Boyacá para efectos de dejar o recoger pasajeros o carga.