Según la ATM, durante la vigencia de estas ordenanzas, se ha mejorado el comportamiento de los conductores. Foto: imagen referencial, archivo EL COMERCIO
La cifra del Salario Básico Unificado (SBU) es una referencia para las tarifas de multas por infracciones de tránsito. La Autoridad de Tránsito Municipal (ATM) detalló, este sábado 4 de enero del 2020, el reajuste a las sanciones establecidas mediante ordenanza en Guayaquil.
Para el 2020, el Gobierno Nacional estableció que el SBU será de USD 400; es decir, se incrementó USD 6.
Por ejemplo, la multa pecuniaria para el transporte pesado que transite en horarios no permitidos pasa de USD 788 a 800.
Cuando el conductor recoja o deje pasajeros en lugares no permitidos la sanción económica será de USD 400. Este mismo monto se aplicará a quienes invadan los carriles exclusivos de la Metrovía, bloqueen intersecciones y rampas o parqueos para personas con discapacidad.
Aquellos que estacionen en sitios prohibidos o en doble columna en el Centro deberán pagar USD 120 y fuera de esta zona aumenta a USD 60. Foto: cortesía ATM
Las personas que estacionen en sitios prohibidos o en doble columna en el Centro deberán pagar USD 120 y fuera de esta zona aumenta a USD 60.
En otras infracciones también se pagará más. La multa para el conductor que deje o recoja pasajeros en la calle Boyacá será de USD 200, es decir, USD 3 más que el año anterior.
Según la ATM, durante la vigencia de estas ordenanzas, se ha mejorado el comportamiento de los conductores. Los datos arrojan que las multas por utilizar los parqueos para personas con discapacidad, se redujeron en un 57%. Es decir, se pasó de 2 038 multas en 2018 a 900, en 2019.