La Asamblea Nacional durante una sesión el pasado 14 de abril de 2015. El Pleno formalizó este martes 21 de abril la unión de hecho y el divorcio ‘expres’. Foto: EL COMERCIO
Con 89 votos a favor y uno en contra se aprobó el 21 de abril del 2015 la Ley reformatoria del Código Civil en el Pleno de la Asamblea. En el documento se incorpora el derecho a formalizar la unión de hecho como un estado civil. Además, establece a los 18 años como edad mínima para contraer matrimonio. La anterior Ley especificaba los 12 años para mujeres y 14 para hombres.
También la reforma en su artículo 95 indica que el adulterio es causal de divorcio y no la infidelidad, porque el término resulta demasiado amplio, según explicaron los asambleístas. Otra facultad de la Ley es regular de manera correcta la legitimación para reconocer, investigar o impugnar la paternidad o maternidad.
De igual forma garantiza la igualdad de derechos en la administración conyugal y la sociedad de bienes. El procedimiento de divorcio por mutuo acuerdo también está inmerso en el la Ley. Esto quiere decir, que si la pareja no tiene hijos puede divorciarse ante un notario en “menor tiempo”.
La aprobación del proyecto se produjo entre aplausos del oficialismo durante el segundo debate que se retomó al mediodía del 21 de abril y que fue suspendido en septiembre del 2014.