Julio César Trujillo, presidente del Cpccs-t, anunció la intención de ir a un proceso de consulta para eliminar definitivamente esa entidad. Foto: Patricio Terán / EL COMERCIO
Artículos constitucionales sobre cuatro temas, relacionados al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs), están siendo analizados por las autoridades transitorias de esa entidad y expertos constitucionalistas invitados.
En total son 13 apartados de la Carta Magna. Cinco de estos (213, 224, 236, 120 y 179) hablan de las funciones del Cpccs para designar autoridades. Y también de las atribuciones de la Asamblea Nacional.
Otros seis (204, 205, 207, 208, 209, 210), en cambio, se relacionan con la existencia del Consejo de Participación y otras funciones del ente. Por ejemplo, se analiza toda la sección dedicada a su funcionamiento y parte de la sección de la Función de Transparencia y Control Social, que la integran nueve entidades, incluido el Cpccs.
Los dos restantes son el 112 y el 231. El primero habla de la imposibilidad de los partidos y movimientos políticos para postular candidatos al Cpccs. El segundo detalla la capacidad fiscalizadora del Legislativo, que incluye los juicios políticos para varias autoridades, incluyendo los integrantes del Consejo de Participación.
Al ver la lista de los artículos que están bajo análisis, el constitucionalista Juan Francisco Guerrero cree que se busca modificar las atribuciones del Cpccs, sobre todo en la designación de autoridades.
Esto porque se tomaron en cuenta no solo los artículos que establecen las atribuciones del Consejo para la selecciones, sino también aquellos que hablan de la forma de elegir a las autoridades electorales, superintendencias y Procuraduría, específicamente.
Además, explica, con estos artículos se puede entrever que esas atribuciones recaerían en la Asamblea, como ocurría con la Constitución de 1998, ya que también se pretende reformar sus funciones.
La intención del Cpccs es que varios expertos del derecho constitucional, destacados en la academia, hagan un análisis jurídico de cada artículo y posteriormente, de ser el caso, propongan una reforma a plantear en la consulta.
Los juristas tienen hasta el 22 de octubre para enviar sus análisis y planteamientos a un correo institucional del Consejo de Participación, que se habilitó solo para este tema.
Sin embargo, hasta ayer (5 de octubre) no se confirmó el envío de la matriz de artículos a los abogados. Tampoco se hizo público cuántos y quiénes fueron invitados para este estudio.
Jorge Benavides, decano de la Facultad de Derecho de la UTE, también cree que el objetivo es regresar las facultades de nombramiento de autoridades a la Asamblea. Además -dice- con esta meta se podría facilitar el trámite de la enmienda constitucional.
En primera instancia, Julio César Trujillo, presidente del Cpccs-t, anunció la intención de ir a un proceso de consulta para eliminar definitivamente esa entidad.
Sin embargo, Benavides y Guerrero advierten que para la supresión del Consejo de Participación Ciudadana no basta con una enmienda vía consulta popular, convocada por el presidente Lenín Moreno.
Según la propia Constitución, existen tres maneras de alterar el texto de esa norma. La primera es una enmienda, que puede ser convocada por el Primer Mandatario, la Asamblea o la ciudadanía a través de recolección de firmas.
La segunda es una asamblea constituyente, que sirve para reformar todo el texto constitucional y erogar una nueva Carta Magna. La última vez que esto ocurrió fue en 2008.
Y la tercera es un procedimiento de reforma constitucional mixto. Este, según los especialistas, sería el caso para eliminar el Cpccs, ya que es una institución que forma parte de una de las cinco Funciones del Estado.
Este procedimiento consiste, primero en un trámite legislativo, parecido al que ocurrió en diciembre del 2015 cuando se aprobaron unas enmiendas. Pero luego deberá ser ratificado por el pueblo en un referendo, es decir, con votaciones universales.
Tras la condensación de las ideas de los constitucionalistas y la aprobación de una propuesta en el Pleno del Consejo de Participación, esta será enviada a Moreno para que él la envíe a la Corte Constitucional, para el control previo de las preguntas. Y luego se emita un decreto pidiendo al Consejo Nacional Electoral (CNE) que organice las elecciones.
Sin embargo, todavía no ha habido una coordinación formal con el Ejecutivo. La vicepresidenta María Alejandra Vicuña indicó que el Gobierno no tiene una postura sobre este proyecto de consulta porque aún no lo han debatido.
Pero aclaró que, como lo ha ratificado Moreno en reiteradas ocasiones, siempre apoyarán la posibilidad de que el pueblo ecuatoriano se pronuncie sobre las decisiones.
Otro problema que se presenta es el nombramiento de los jueces de la Corte Constitucional (CC), que actualmente está en vacancia. Está previsto que los nueve jueces se nombren hasta el 19 de noviembre, ya que el Cpccs-t se puso un plazo de 60 días para hacerlo.
En caso de que así suceda, y que los nuevos magistrados reciban la propuesta de consulta por parte Moreno, tendrán 20 días para valorar el cuestionario y declarar su constitucionalidad. Finalmente, el CNE tendrá 60 días para la realización de los comicios.
Ayer, el presidente del CNE transitorio, Gustavo Vega, señaló que aunque a la entidad electoral no le compete resolver sobre la consulta, están pendientes de cómo avanza el proceso y tienen la capacidad operativa para incluir otra papeleta en el proceso de las seccionales de marzo del 2019.