El Municipio de Ambato aplicará multas de USD 100 a quienes no porten mascarillas en los espacios públicos

Entre las sanciones aprobadas por el Municipio de Ambato para quienes incumplan el uso obligatorio de mascarillas es de una multa del 25% del Salario Básico Unificado y si las personas reinciden se cobrará el doble de la multa. Foto: Modesto Moreta / EL C

Entre las sanciones aprobadas por el Municipio de Ambato para quienes incumplan el uso obligatorio de mascarillas es de una multa del 25% del Salario Básico Unificado y si las personas reinciden se cobrará el doble de la multa. Foto: Modesto Moreta / EL C

Entre las sanciones aprobadas por el Municipio de Ambato para quienes incumplan el uso obligatorio de mascarillas es de una multa del 25% del Salario Básico Unificado y si las personas reinciden se cobrará el doble de la multa. Foto: Modesto Moreta / EL COMERCIO

El alcalde de Ambato, Javier Altamirano, firmó la resolución DA - 2020-029 para regular el uso obligatorio de mascarillas en los espacios públicos de la ciudad.

De esa manera se aplica el pedido del Comité de Operaciones de Emergencia nacional de que los gobiernos municipales hagan cumplir esta medida en el país, para evitar el contagio del covid-19.

En esa resolución se dispuso el cobro de multas para sancionar a las personas que no usen esta protección sanitaria.

El documento de nueve páginas fue publicado en las redes sociales del Municipio la tarde de este viernes 10 de abril del 2020.

Entre las sanciones para quienes incumplan está una multa del 25% (USD 100) del Salario Básico Unificado y la reincidencia se castigará con un incremento de un 5% cada vez que se incumpla; y serán acumulables.

Se estipula que está prohibido el uso de la mascarilla tipo N95.

La resolución establece que toda la ciudadanía que transite por espacios públicos, incluyendo a los trabajadores y personas de la red de plazas y mercados, debe utilizar esta medida de protección.

Igualmente, se ratifica que está restringida la movilidad para las personas contagiadas con covid-19, en observación y cumplimiento a los lineamientos dictados por el Comité de Operaciones de Emergencia nacional.

Los concejales pidieron al alcalde Altamirano que emitiera la resolución. Lo hizo amparado en el artículo 60, literal p, del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad). Esta norma indica que es atribución del alcalde dictar, en caso de emergencia grave, bajo su responsabilidad medidas de carácter urgente y transitorio y dar cuenta de ellas al Concejo cuando se reúna si a este hubiera correspondido adoptarlas.

En el documento se dispone a los funcionarios de Seguridad Ciudadana hacer cumplir esta resolución municipal.

El concejal Álex Valladares indicó que decisión del alcalde Altamirano es oportuna, para atender la emergencia sanitaria, ya que el análisis y aprobación de creación de una ordenanza demorarán unas tres semanas.

“Se tendría que proponer el proyecto de ordenanza, luego de ocho días discutirlo en primer debate para ponerlo en conocimiento de Participación Ciudadana y luego entraría a segundo debate".

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