Para abordar un avión en Quito, la prueba PCR debe tener máximo 72 horas y la rápida 24

El Gerente de Comunicación de Quiport (empresa que administra el aeropuerto en Tababela) indicó que si el resultado de la prueba rápida realizada en la terminal aérea da positivo, el pasajero no podrá embarcarse hasta que se realice una prueba de PCR conf

El Gerente de Comunicación de Quiport (empresa que administra el aeropuerto en Tababela) indicó que si el resultado de la prueba rápida realizada en la terminal aérea da positivo, el pasajero no podrá embarcarse hasta que se realice una prueba de PCR conf

El Gerente de Comunicación de Quiport (empresa que administra el aeropuerto en Tababela) indicó que si el resultado de la prueba rápida realizada en la terminal aérea da positivo, el pasajero no podrá embarcarse hasta que se realice una prueba de PCR confirmatoria. Foto: Vicente Costales / EL COMERCIO

Usuarios del aeropuerto Mariscal Sucre de Quito aseguraron este lunes 6 de julio del 2020 en redes sociales que no se les permitió ingresar a abordar sus vuelos porque supuestamente les cambiaron los requisitos, sin previa alerta. Según sus argumentos, no pudieron ingresar, ya que la prueba del covid-19 debía tener una vigencia de 24 horas, y no de 72, como ellos creían.

Luis Galárraga, gerente de comunicación de Quiport (empresa que administra el aeropuerto en Tababela), explicó que los requisitos no han cambiado. Desde el 22 de junio, según la última resolución del COE nacional, está vigente la obligatoriedad de presentar la prueba de coronavirus para poder hacer vuelos entre Quito y Guayaquil.

Así, hasta el día 21 de julio de 2020, los viajeros deberán presentar el resultado negativo de la prueba covid-19 tomando en cuenta las siguientes reglas. Si la prueba es PCR o cuantitativa, deberá ser realizada en laboratorios autorizados por el Ministerio de Salud hasta 72 horas antes de su abordaje. En cambio, si se trata de pruebas rápidas, también deberán ser realizadas en laboratorios autorizados o en los puntos habilitados en los aeropuertos, hasta con 24 horas de anticipación al día y hora de vuelo.

Galárraga indicó que si el resultado de la prueba rápida realizada en la terminal da un positivo, el pasajero no podrá embarcarse hasta que se realice una prueba de PCR confirmatoria.

El único cambio que ocurrió hoy, dijo Galárraga, es que, en un inicio, la presentación de las pruebas como requisito para viajar era hasta el 6 de julio, sin embargo, la semana pasada, el COE decidió extenderlo hasta el 21 de julio.

Lo que suele pasar es que la gente no sabe que los exámenes deben hacerse únicamente en laboratorios certificados, por lo que ese momento, deben optar por la prueba rápida en uno de los centros del aeropuerto, expresó el funcionario.

No hay una estadística sobre el número de pasajeros que presentan novedades respecto al examen, sin embargo, Galárraga explicó que son alrededor de cinco o seis personas por vuelo que principalmente tienen algún inconveniente porque no sabían que el examen debía realizarse en un centro avalado.

Estas disposiciones forman parte de las medidas de bioseguridad propuestas por el Gobierno con el fin de controlar el avance del coronavirus en el país.

MÁS SOBRE LA EMERGENCIA SANITARIA

Noticias

Medidas de protección

Mapa de infectados

Glosario

Suplementos digitales