Este 10 de noviembre del 2020 se presentará una acción ante la Corte Constitucional que busca despenalizar el aborto en casos de violación. Foto: Diego Pallero/ EL COMERCIO.
Hoy, martes 10 de noviembre del 2020, a las 10:00, organizaciones de derechos presentarán una acción de inconstitucionalidad al numeral dos del artículo 150 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), ante la Corte Constitucional. Este señala que el aborto no será punible si el embarazo es consecuencia de violación a una mujer con discapacidad mental.
La abogada Silvia Bonilla, presidenta de la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (Ceduh), explicó a EL COMERCIO que proponen específicamente que se declare la inconstitucionalidad de la última frase. “Si se elimina la especificación para una mujer con discapacidad, la consecuencia es que deje de ser punible el aborto en caso de violación”.
“La violencia sexual contra niñas, adolescentes y mujeres se ha profundizado durante la pandemia; el ECU-911 presentó datos alarmantes sobre alertas relacionadas con todo tipo de violencia”, comentó.
Esta demanda, al tratar de derechos de niños y adolescentes, que están en riesgo, y de mujeres sobrevivientes de violencia, contiene una petición de priorización. Lo aclara la abogada Ana Cristina Vera, directora de Surkuna. Eso implica que los jueces de la Corte deben resolverla de forma urgente.
Además, los defensores de derechos -que incluyen al Movimiento de Mujeres de El Oro y Amazon Frontil es- pedirán medidas cautelares. Mientras la Corte resuelve la controversia, dice Vera, se debiera suspender la sustanciación de todos los procesos penales por aborto, en los que la mujer judicializada haya manifestado haber sido víctima de violencia sexual. También se exigió al Ministerio de Salud brindar servicios de aborto legal, en caso de embarazos producto de violación.
En algunas ciudades del país, organizaciones de derechos y ciudadanos acompañarán la acción a realizarse en Quito, con plantones, en los que llevarán sus pañuelos verdes, por ejemplo ante el Consejo de la Judicatura de Loja; Corte de Justicia, de Machala; Centro La Puerta Violeta, en Lago Agrio; Parque Central de Esmeraldas, frente a la Municipalidad; Parque de la Madre de Cuenca, y Plaza de San Francisco, en Guayaquil, entre otros.
Hace casi un año, el 27 de noviembre del 2019, la Corte Constitucional no dio paso la objeción presentada por Lenín Moreno a la transitoria segunda de la reforma al COIP. “Si el Presidente de la República consideraba que la actual prohibición penal del aborto en casos de violación es inconstitucional, pudo o bien puede presentar a la Asamblea un proyecto de ley para despenalizarlo o bien presentar ante esta Corte una demanda de inconstitucionalidad al numeral dos del artículo 150 del COIP”, dijeron los magistrados en su dictamen.