Redacción Sociedad
El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) ya cumplió 11 días desde que comenzó a recibir las solicitudes para no pagar mensualmente los fondos de reserva.
De acuerdo con los reportes, hasta el momento ya suman por lo menos 10 000 peticiones formales. Quienes no deseen obtener el pago de estos ahorros solo tienen que ingresar a la página www.iess.gov.ec y optar por el enlace Fondos de Reserva.
USD 30 en promedio
cobrarán los afiliados que deseen recibir mensualmente el fondo de reserva.
Entonces, en la página web aparece el ‘link’ Solicitud de Acumulación y al digitarlo aparece una nueva ventanilla para continuar con la petición.
Es necesario que las peticiones se ingresen de acuerdo con el último dígito de la cédula. Si el último dígito de la cédula del afiliado termina en número par se debe acceder los días pares. Así, por ejemplo, si la cédula termina en dos puede ingresar los días 2, 4, 6, 8, 10…
Para evitar confusiones, técnicos del Seguro Social respondieron a 13 inquietudes frecuentes de los afiliados.
¿Quiénes tienen derecho al pago mensual de los fondos de reserva?
Los fondos se generan a partir del primer mes del segundo año de labores.
¿Desde cuándo la devolución de los fondos de reserva es mensual?
Será mensual desde fines de este mes. El 8,33% del ingreso total se recibirá directamente de su empleador junto con el rol de pagos, es un adicional a su sueldo.
¿Cómo se pueden retirar los fondos acumulados?
Los afiliados que acrediten 24 aportaciones (dos años) pueden solicitar la entrega de la totalidad o parte de sus ahorros a través del portal del IESS www.iess.gov.ec.
¿Cómo se podrán retirar los fondos de reserva acumulados en el IESS?
Para retirar los fondos de reserva acumulados, el afiliado deberá ingresar en la página del IESS, con la cédula y clave personal. Allí debe averiguar cuántos aportes tiene registrados. Si estos son iguales o mayores a 24, automáticamente estarán disponibles para su retiro. Si por ejemplo suma 20 deberá esperar cuatro meses. Si suma 15 esperará nueve.
¿Desde cuándo se podrá realizar la solicitud de acumulación e impedir que el dinero se pague cada mes?
Este proceso arrancó el 1 de agosto pasado.
¿Los afiliados cesantes pueden retirar sus fondos?
Una vez que el empleador reporte la novedad en el sistema de historia laboral (aviso de salida), el afiliado que tenga dos meses o más de cesante tiene derecho a solicitar sus ahorros acumulados.
¿Qué pasa con los afiliados que no hagan la solicitud de acumulación?
De manera automática, los valores correspondientes deberán pagarse en el sueldo mensual inevitablemente.
¿Quién deberá depositar los fondos de reserva que correspondan a períodos anteriores a la vigencia de la Ley?
Los fondos de reserva generados hasta julio de 2009 (mes de aprobación de la Ley para el pago mensual) serán pagados en su totalidad y deberán ser depositados por los empleadores en el IESS. El incumplimiento de esta obligación patronal acarreará el pago de multas e intereses, según la ley.
¿En qué casos no se podrá realizar el pago mensual?
Únicamente cuando el afiliado tenga mora patronal vencida, mora en crédito de historia laboral, bloqueos totales de su cuenta individual y cargos por cobrar cuando su cuenta individual no mantenga valores disponibles. En este caso, el IESS generará automáticamente la planilla de fondos de reserva para que el empleador deposite el valor correspondiente al Seguro Social.
¿Qué sucede con los fondos que se encuentran bloqueados en garantía de un préstamo quirografario?
Seguirán bloqueados hasta que se aprueben las reformas internas correspondientes.
Si tiene un préstamo quirografario vigente, ¿pueden depositarle mensualmente su fondo de reserva?
Sí, porque ese fondo no garantiza el crédito quirografario que usted ya recibió.
Si he decidido no recibir los fondos de reserva en el presente, ¿posteriormente puedo cambiar de idea y pedir que me los entreguen?
El Consejo Directivo del IESS aprobó que por una sola vez los afiliados pueden cambiar de decisión con respecto al tema.
¿Cuántas veces debe mandar el afiliado la solicitud para no cobrar mensualmente el fondo?
El IESS dispuso que el afiliado envíe una sola vez por año la petición para no cobrar los fondos.