Impulsan prohibir en México uso de mamíferos marinos en espectáculos

La reforma prohíbe la adquisición de nuevos ejemplares, como ballenas, delfines, focas y manatíes, pero permitirá a los propietarios utilizar a los animales que ya poseen

La reforma prohíbe la adquisición de nuevos ejemplares, como ballenas, delfines, focas y manatíes, pero permitirá a los propietarios utilizar a los animales que ya poseen "para que cumplan todos y cada uno de los fines para los que recibieron la autorizac

La reforma prohíbe la adquisición de nuevos ejemplares, como ballenas, delfines, focas y manatíes, pero permitirá a los propietarios utilizar a los animales que ya poseen "para que cumplan todos y cada uno de los fines para los que recibieron la autorización correspondiente". Foto: Archivo AFP

La Cámara de Diputados de México aprobó este martes 25 de abril de 2017 una reforma para prohibir el uso de mamíferos marinos, como los delfines, en cualquier espectáculo o actividad destinada al entretenimiento, medida que ahora será debatida por los senadores.

Con 242 votos a favor y 190 en contra, el dictamen fue impulsado por el derechista Partido Verde Ecologista (PVEM) y el oficialista Partido Revolucionario Institucional (PRI) para reformar un artículo de la Ley General de Vida Silvestre.

La reforma prohíbe la adquisición de nuevos ejemplares, como ballenas, delfines, focas y manatíes, pero permitirá a los propietarios utilizar a los animales que ya poseen "para que cumplan todos y cada uno de los fines para los que recibieron la autorización correspondiente".

Para esto deben cumplir con los requisitos necesarios que garanticen la seguridad e integridad de los animales. También da la opción de reproducir una única y última vez a los ejemplares hembras que posean para que las crías sean usadas en los espectáculos.

De esa forma, los acuarios y los llamados "delfinarios" podrán seguir en funcionamiento hasta unos 50 años más. Por lo demás, las reproducciones en cautiverio quedan prohibidas a menos que sea para fines de repoblación y recuperación de especies en peligro de extinción o amenazadas.

Asimismo, señala que los dueños tendrán un plazo de 30 días para hacer un inventario y entregarlo a la Secretaría de Medio Ambiente, que se encargará de validarlo. El registro podrá realizarse incluso con muestras de ADN.

También prevé que los dueños de estos animales especifiquen en el inventario cuántos de los ejemplares estarán destinados a la rehabilitación y reintroducción a su hábitat natural. En 2015 se reformó un párrafo al artículo 60 bis de la ley general de vida silvestre en el que se prohibió la utilización de mamíferos marinos en espectáculos itinerantes, como los circos. Si los senadores aprueban la reforma, la prohibición se extenderá también a los espectáculos permanentes.

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