El Tribunal de Honor de Médicos de Pichincha ha recibido 66 denuncias de supuestas intervenciones médicas inadecuadas desde el 2000. En 13 años cuatro profesionales han recibido sanciones administrativas.
Esta instancia es electa en una asamblea que se desprende de los gremios del sector: Colegio y Federación de Médicos. Sin embargo, tiene autonomía en sus decisiones.
Ángel Alarcón, médico laparoscópico, es el presidente del Tribunal de Honor de Pichincha. Él explica que desde hace una década pacientes o familiares de enfermos han presentado denuncias de una presunta negligencia médica.
Los casos en los que se ha comprobado la culpabilidad han recibido sanciones administrativas. Dos de ellos fueron entre el 2000 y 2004, uno entre el 2006 y 2008 y uno en los dos años siguientes.
Lo máximo que puede hacer este organismo es suspender la licencia profesional durante dos años. Pero, para llegar a esto realiza investigaciones previas y, similar a un proceso judicial, las partes demandantes como demandadas tienen la oportunidad de defenderse y presentar pruebas.
Mientras esto ocurre, el Tribunal, compuesto por 12 miembros, designa de forma obligatoria a tres médicos especialistas para que investiguen el caso y después de un tiempo prudente entreguen su informe al seno del Tribunal.
Una vez que se emite una sanción, los familiares que presentan la denuncia pueden acudir a una instancia superior, que es la justicia, dice Alarcón.
Además, en caso de que esta acción se realice directamente en la Fiscalía, una vez emitida una sanción, los demandantes pueden acudir a este Tribunal y solicitar una intervención.
Alberto Narváez, presidente de la Federación de Médicos, explica que a los Tribunales de Honor de los Médicos no llegan problemas graves. “Ahora actúan como arbitrajes”, señala el especialista.
Los errores médicos no están tipificados como delitos en el país. En el artículo 434 en el capítulo referido a los delitos contra la salud pública, el Código Penal establece únicamente, aunque no de forma muy clara, multas y sanciones por “actos cometidos por imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de normas”. Las multas son de USD 8 a USD 77 y la cárcel (si hay enfermedad o muerte) va de seis meses a cinco años.
Por este tipo de delitos, según la Fiscalía, se registraron 54 casos entre enero del 2011 y marzo del 2012. De esos, ninguno recibió sentencia. En ese mismo período, 30 casos fueron desestimados, unos estaban en indagación previa y otros en instrucción.
También puede darse que los afectados por este tipo de casos presenten la denuncia con el cargo de homicidio intencional.
Ahora, entre las propuestas de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos para el Código Penal dice que “el profesional de la salud que, de forma culposa, provocare daños en la salud de las personas, será sancionado con pena privativa de libertad de tres a cinco años e inhabilitación para el ejercicio profesional por dos años adicionales al de la pena impuesta”.
Esto preocupa a médicos que realizan cirugías delicadas. Por ejemplo, Frans Serpa, quien hace trasplantes de hígado, señala que en caso de penalizar esta práctica dejará de operar, pues no tendrá garantías para hacerlo.
“No somos Dios para decidir sobre la vida”. Ningún médico puede garantizar la vida de un paciente, dice. En su especialidad por ejemplo, “no hay lugar en el mundo en que el trasplante de un órgano no esté asociado con la mortalidad”.
El Código de Salud
- Este cuerpo legal plantea en el artículo 380 que le corresponde a la Autoridad Sanitaria Nacional la investigación y sanción de la práctica ilegal, negligencia, impericia, imprudencia e inobservancia en el ejercicio de las profesiones de la salud, sin perjuicio de la acción de la justicia ordinaria.
- El artículo 381 señala que constituye infracción en el ejercicio de las profesiones de salud todo acto individual e intransferible, no justificado, que genere daño en el paciente y sea resultado de inobservancia, en el cumplimiento de las normas por impericia, en la actuación del profesional de la salud con falta total o parcial de conocimientos técnicos o experiencia o negligencia.