El Código Civil descarta la adopción homoparental en Ecuador. Foto: Diego Pallero/ EL COMERCIO
La mañana de este 24 de abril, en una entrevista para Ecuavisa el asambleísta Mauro Andino (AP) ratificó que las reformas realizadas al Código Civil no modifican lo especificado en el artículo 68 de la Constitución, en el cual se indica que “la adopción corresponderá solo a parejas de distinto sexo”.
Así, la adopción homoparental fue descartada como una posibilidad para la sociedad ecuatoriana.La inquietud sobre el tema se dio a partir de que en uno de los considerandos de la Ley reformatoria al Código Civil no se realizó la transcripción íntegra del artículo 68.
A esto, Andino respondió que “la Constitución de la República prohíbe el matrimonio entre personas del mismo sexo. No se permite tampoco la adopción”.
Según el constitucionalista Alberto Jiménez, los considerandos son el marco legal dentro del cual se va establecer la normativa.
Él indica que si inclusive la reforma hubiese abierto la posibilidad de la adopción homoparental, esto hubiese sido anulado porque va en contra de lo que dictamina la Constitución del Ecuador. Además recuerda que los considerandos no pueden modificar una ley.