La Superintendencia de Bancos dispuso, mediante circular IG-INSFPR-2015-135, al sistema financiero privado que, en caso de acogerse a la suspensión de la jornada regular de trabajo previstos para los días 6 y 7 de julio, tal como consta en el Decreto Ejecutivo 698, deberán atender al público durante los días señalados, con personal mínimo y como jornada diferida en aquellas provincias donde se suspende la jornada laboral y en horario normal en las demás provincias del país.