La asambleísta independiente Lourdes Cuesta, ponente del proyecto de Ley para el registro de violadores de niños y adolescentes (Reevas) se acogió hoy, 16 de diciembre del 2019, al derecho a la resistencia frente a la sentencia de la Corte Constitucional (CC) que declaró como inconstitucional a esta iniciativa.
Durante la Edad Media y la Edad Moderna, incluso durante las guerras de independencia de los EE.UU. y aún hasta 1994 en Argentina, los gobernantes, monarcas o en general cualquier autoridad extendía a los propietarios de navíos permisos para poder atacar embarcaciones o poblaciones enemigas o en desacuerdo. Nuestra constitución establece en el artículo 98 que: “Los individuos y los colectivos podrán ejercer el derecho a la resistencia frente a acciones u omisiones del poder público o de las personas naturales o jurídicas no estatales que vulneren o puedan vulnerar sus derechos constitucionales, y demandar el reconocimiento de nuevos derechos.”.
Organizaciones sociales, indígenas y sindicales sostienen que en el país más de cien personas han sido objeto de supuesta criminalización de la protesta social, desde agosto del 2015, en que hubo una serie de manifestaciones en contra del Gobierno.
Tras 21 días de permanecer fuera del aire, a las 19:33 de este 6 de enero del 2016, el canal lojano Ecotel TV reabrió su programación. Según su gerente, Ramiro Cueva, lo hicieron acogiéndose a la figura legal del derecho a la resistencia.
En protestas sociales, gremios, gobiernos autónomos y medios de comunicación, en los últimos meses, el derecho a la resistencia se volvió la respuesta para rechazar procesos emprendidos por el Gobierno e instancias de control.
Enrique Ossorio Columnista invitado Esta semana, el presidente Correa realizó un llamado a la ciudadanía a ejercer su derecho a la resistencia ante la nueva marcha convocada por la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), que tuvo lugar este miércoles.
Es cosa de Ripley la frase pronunciada por el presidente Correa con la cual dice arrepentirse de haber incluido en la Constitución el derecho a la resistencia de los individuos y colectivos sociales, frente a las acciones y abusos del poder público que vulneran los derechos y garantías constitucionales, que consta en todos los tratados y declaraciones de los derechos universales del hombre.
Las declaraciones del presidente Rafael Correa, sobre su arrepentimiento al haber accedido a incluir el derecho a la resistencia en la Constitución de Montecristi, y a su vez atribuirle la idea a su excoideario Alberto Acosta, presidente de la Asamblea Constituyente 2008, han generado reacciones.
El derecho a la resistencia, consagrado en el artículo 98 de la Constitución, no es la única incomodidad que vive el Régimen ante la Carta Política que él mismo escribió. Se suman a la prohibición constitucional del uso de transgénicos, las acciones de protección y las medidas cautelares -su abuso, en palabras del Gobierno- de los cuales Carondelet ha encontrado reparos y un obstáculo para su gestión.
Varias disposiciones polémicas contiene la Constitución de 2008. Es polémica su estructura y su confuso diseño. Es paradójico que sea, al mismo tiempo, estatista y garantista; que insista en los derechos, pero que entregue al poder herramientas difusas, portentosas como “las políticas”. Las contradicciones están en el núcleo constitucional.
El juez de Tránsito Patricio Román rechazó hoy, 22 de mayo del 2015, el pedido de medidas cautelares y acción de protección que presentó el diario La Hora en contra de la sanción de la Superintendencia de Comunicación (Supercom) por “censura previa”.
El Superintendente de Comunicación Carlos Ochoa reaccionó en la tarde de hoy, lunes 23 de marzo, sobre el anuncio de diario La Hora de acogerse al derecho a la resistencia ante una resolución de la Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom), en la cual se sanciona al periódico con una multa equivalente a cinco salarios básicos unificados (USD 1.770).
Diario La Hora se convirtió en el primer medio de comunicación del país en aplicar el artículo 98 de la Constitución que garantiza el derecho a la resistencia.
Diario La Hora se declaró en resistencia. Así, no acatará la multa impuesta por la Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom), luego de que este organismo determinó que el medio impreso incumplió el artículo 60 de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC) que se refiere a la identificación y clasificación de los tipos de contenidos.
César Montúfar / @cmontufarm Ya es una voz común en distintos sectores políticos y ciudadanos del país invocar el derecho a la resistencia cuando se oponen o no están de acuerdo con una cierta política estatal. Este, sin duda, es una de las innovaciones de la Constitución de Montecristi. Supone que los habitantes del Ecuador podemos declarar nuestra “resistencia” a decisiones estatales, lo cual no significa de ningún modo desconocerlas o no acatarlas. De hecho, la invocación de este derecho no trae consigo consecuencia alguna para las autoridades públicas “resistidas”, ni para las decisiones tomadas, peor aún, establece garantías que protejan a quienes lo reclaman. Un vacío que, como en otros casos, debería ser desarrollado por la justicia constitucional. Pero en esta columna no quiero analizar las limitaciones y potencialidades del derecho a la resistencia en el ámbito constitucional. Pretendo destacar lo que considero son sus implicancias conservadoras y legitimadoras del estatus q