Tres artículos del COIP serán analizados por la Corte Constitucional

Marcha de medicos al Consejo de la Judicatura dicha marcha empezo en el hospital Carlos Andrade Marin.  Foto: Julio Estrella / EL COMERCIO

Marcha de medicos al Consejo de la Judicatura dicha marcha empezo en el hospital Carlos Andrade Marin. Foto: Julio Estrella / EL COMERCIO

El homicidio culposo por mala práctica profesional, las peleas de perros y la responsabilidad jurídica que se establecen en los artículos 146, 250 y 49 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) serán analizados por la Corte Constitucional.

Este jueves 14 de agosto del 2014, Luis Sarrade, representante del grupo Projusticia Médica, informó que este organismo admitió tramitar su pedido de inconstitucionalidad que hiciera en mayo pasado. En esa demanda, el abogado objeta y solicita que el organismo aclare el homicidio culposo, ya que “es innegable que le objetivo de cuidado en el tema de salud requiere puntualizaciones precisas jurídicamente establecidas”.

Uno de los argumentos de Sarrade es que antes de que entrara en vigencia el artículo 146, los legisladores debían elaborar protocolos médicos.

“La Asamblea Nacional pretende poner en vigencia un Código Penal abierto sin respaldos de ningún tipo de protocolo médico actual, sin protocolo médico de urgencias, inclusive el señor Fiscal, Dr. Galo Chiriboga, manifiesta que debería existir el Sistema Nacional de Historias Cínica y de registro de riesgos alérgicos…”.

La Corte en su escrito admitió que este artículo, así como los que se refieren a las peleas de perros y responsabilidad de las personas jurídicas necesitan de una aclaración y ampliación.

Sobre la pelea de perros, Serrada manifiesta que debería también prohibirse el combate entre gallos, ya que esta norma está en contra los principios del buen vivir establecidos en la Constitución. Y en lo que se refiere a la responsabilidad de personas jurídicas, el abogado pide que se incluya a responsabilidad penal de personas jurídicas públicas .

“La responsabilidad de las personas jurídicas establece que las empresas privadas pueden ser demandadas, pero no permite el mismo tratamiento para las personas jurídicas públicas, es decir, para las empresas estatales que también pueden cometer delitos, sobre todo ambientales como las petroleras”, dijo.

Mañana Sarrade anunció que pedirá a la Corte Constitucional que aclare si mientras analiza la constitucionalidad de los tres artículos estos se encuentran vigentes o no. “Porque ahora estamos en un vacío legal”, manifestó.

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