Muchas normas tienen su fuente –su origen- en los prejuicios de los legisladores o de quienes impulsaron su aprobación. Existen reglas que suelen empaquetarse bajo fines que parecen legítimos; sin embargo, los hechos ponen en evidencia lo desatinado de su contenido, en particular cuando la conducta prohibida no tiene impacto en terceros y se corresponde con derechos de importancia como la autonomía personal, la salud e incluso la vida.
Las normas jurídicas expresan opciones valorativas, algunas de estas se contienen en disposiciones de carácter fundamental para una sociedad, por ejemplo la igualdad o la dignidad humana son valores constitucionales; en algunos casos (muchos en realidad), son las normas secundarias las que introducen juicios sobre la corrección o incorrección de una acción determinada, prohibiendo -o fomentando- conductas que no afectan a derechos, a personas concretas o al entorno, sino a ciertas valoraciones éticas de quien legisla.
La donación de órganos es una clara expresión de esto. La vida y salud de las personas son derechos especialmente relevantes, tanto que mediante ley se resolvió que todos seríamos donantes en caso de nuestra muerte real o encefálica. Esto se presume, lo contrario hay que expresarlo.
En la donación de órganos el valor que se promueve es la solidaridad, el altruismo, por ello se prohíbe la comercialización, la recepción de cualquier clase de beneficio material a cambio de la donación, limitándose la donación directa a familiares cercanos (cuarto grado de consanguinidad, cónyuge o pareja en unión de hecho).
Pero ¿qué sucede cuando un familiar -de los no autorizados para donar- puede salvar o mejorar la calidad de vida de uno de sus seres queridos?; ¿qué ocurre cuando el donante compatible es un amigo cercano o simplemente una persona altruista y la muerte está cerca y no hay opciones? Nada. La alternativa para nuestros legisladores fue impedir un posible beneficio económico y para ello limitó las opciones de sobrevivencia al cerrar la lista de donantes en vida.
Así estamos, un adulto informado decide donar, entregar una parte de su cuerpo –sin afectar su propia sobrevivencia- para que otro tenga la oportunidad de vivir y no puede hacerlo; es irrelevante para el Estado la motivación, la decisión o la necesidad. Las elecciones valorativas pueden convertirse en una condena de muerte para algunas personas.
No es posible asegurar el éxito de un trasplante, pero en algunos casos existe la certeza de que al no hacerlo, la persona en espera morirá; sin embargo, aquí tiene más valor asegurar la “pureza” de motivaciones de la donación que el respeto a la autonomía personal, la vida o la salud.
Por cierto, para los despistados, no abogo por un “mercado” de órganos, solamente por el sentido común, el de humanidad que sostiene la campaña #YoTengoDerechoaDonar impulsada por Daniela Peralta, quien puede y quiere donar uno de sus riñones a su querida cuñada Susy, la que en esto se juega la vida, pero gracias a los prejuiciosde los legisladores no lo puede hacer.
@farithsimon