¿Por qué temer al COIP?

La Asamblea Nacional aprobó en segundo debate el Código Integral Penal. Queda pendiente una posible demanda de la oposición por el denunciado irrespeto a los procedimientos constitucionales y legales para la formulación de leyes. En las circunstancias políticas actuales, sabemos que será una acción estéril y entrará en vigencia en el segundo semestre del próximo año (incluido el período de vacatio legis), con una objeción "constructiva" del Presidente de la República, una nueva legislación penal.

Es indudable que estamos frente a un hecho histórico, se reemplaza un texto que, con varias reformas, ha estado vigente 75 años; se regresa a la lógica de las grandes codificaciones (unificando tres cuerpos normativos), incorporando más de 77 nuevos delitos, estableciéndose penas de hasta 45 años.

Muchos cambios se han introducido a la propuesta entregada hace dos años, por la Presidencia de la República a la Asamblea. Se trataba de un proyecto que ya se situaba en las antípodas del presentado por el Ministerio de Justicia, en la era del mal llamado hipergarantismo; en realidad, debería decirse, en la época discurso penal "naif", que proponía igual sanción a quien mataba de un empujón o al que lo hacía con crueldad y saña, esto en nombre de teorías que suenan muy bien en el papel pero nadie las pone en práctica por sus imprevisibles consecuencias sociales. Estoy convencido que esta propuesta "teórica" dio un último empujón al péndulo.

Pero, ¿por qué temer al COIP? Más allá de las circunstancias particulares de la política, de la justicia, del desequilibrio de poderes, del número de delitos, de la dureza de las penas y de la vaguedad de algunos tipos penales, la clave está en su Exposición de Motivos donde se afirma que de extremarse las garantías se crearía "un sistema que nunca sancionaría".

Muchas personas se entusiasman con esa idea, apoyan el endurecimiento de penas y el crecimiento de los tipos penales, reacción -en parte- provocada por años de mal funcionamiento del sistema penal, y no de la aplicación de garantías, como las estadísticas lo demuestran.

Sin embargo, hay un hecho ampliamente demostrado sobre el derecho penal: es selectivo, se ensaña con los más débiles, con los vulnerables; es una expresión del poder del Estado, aplicado por seres humanos que cometen errores, están expuestos a presiones y tienen prejuicios, por eso se debe extremar las garantías.

Cuando el catálogo de delitos engorda, cuando se usa el poder punitivo del Estado como forma primaria de respuesta a una diversidad de problemas sociales, cuando no se lo reserva solo para las conductas más graves y dañosas, crece la posibilidad de que más personas caigan en el ámbito de la sanción penal. Claro, es menos probable que alguien con poder sea atrapado en esa red, sin embargo el kafkiano mundo del derecho penal, al que de debemos temer por sus excesos y errores, no por sus aciertos, estará allí para todos nosotros.

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