La tarea de hacer leyes

Una de las tareas más importantes de los estados es la de legislar, la de definir lo que está prohibido y lo que está permitido, la de expresar jurídicamente los derechos y garantías, la de señalar los límites del poder y sus responsabilidades. Es decir, la tarea de conciliar los intereses de la comunidad con el poder, la de dotar de expresión legal a la cultura y a sus valores.

1.- ¿Debe la Asamblea expresar la diversidad nacional? Con escasas excepciones, los congresos y asambleas han asumido que su misión es expresar los deseos del poder; que son instituciones determinadas por la voluntad de dominio, y no entidades cuyas competencias deben traducir, desde abajo, lo que es la sociedad. El problema está en creer que las mayorías resultantes de las elecciones asignan poderes absolutos y autorizan a sus integrantes a plasmar, sin más, un proyecto o una ideología. El problema está en que las razones de los votos –esto es, por qué la gente vota- son con frecuencia distintos de las “razones” de las mayorías legislativas. Ejemplo, casi sin excepción, los ciudadanos votan por los rostros y las ofertas, y no votan por tesis alguna. Los asambleístas son resultado secundario, aleatorio, sin duda, de la fuerza del carisma o del encanto líder de ocasión.
Los asambleístas así electos, ¿deben interpretar la diversidad de la que provienen, o alinearse en la homogeneidad del discurso del poder? De la respuesta a estas preguntas dependerá si los legisladores ostentan un “mandato popular”, o un “mandato gubernamental.”

2.- ¿Debe la Asamblea ser autónoma? Lo anterior tiene que ver con la autonomía real de la Asamblea. Es decir, con la comprensión de que (i) cada asambleísta es un mandatario político cuya tarea es mantener la individualidad y la independencia; (ii) o sí, los bloques anulan las personalidades, eliminan las diferencias y anulan la discrepancia y el debate. La República, como concepto, apuntó siempre a la división real de las funciones y a la existencia de un sistema de pesos y contrapesos que equilibren el ejercicio del poder. La República liberal nunca admitió la teoría de la concentración. Por principio, las asambleas o congresos deberían ser severos límites políticos a las inevitables tendencias de expansión y profundización características del poder, y esto porque el valor supremo de sociedades y personas es la libertad. Y ella debería ser la constante “ideología” que anime a quienes hacen las leyes. La tarea más difícil, pero fundamental, es conciliar las necesidades de la seguridad y de la justicia, con los derechos individuales y con las libertades.

3.- Las mayorías, ¿son poderes absolutos? La democracia liberal se inventó contra de los absolutos, ya sean políticos o religiosos, de allí que la ética de tal sistema esté constituida por la tolerancia, por la admisión del “otro” y por el reconocimiento de sus derechos de participación, de crítica y de proposición; por la posibilidad de discrepar; por la necesidad de que los electores tengan opción real de elegir, para lo cual es preciso contar con al menos dos opciones, con dos tesis. Desde esa perspectiva, las mayorías no son poderes absolutos, son categorías precarias y coyunturales que están obligadas a reconocer que no representan a la totalidad de la población, que son el resultado del juego de la fórmula mágica de la mitad más uno, nada más.

3.1.- La legitimidad y sus límites.- Uno de los más graves problemas de la democracia plebiscitaria es, precisamente, el endiosamiento de la dictadura del voto, la atribución de potestades que van más allá de la verdadera naturaleza de la representación, y de la índole del poder que ostentan, que no puede ser un facultad taumatúrgica capaz de transformar lo negro en blanco, o la noche en día. El dilema de fondo está en definir si la simple opción numérica de la mayoría transforma, por acto de magia electoral, sus tesis en bondadosas, útiles, eficientes y justas. ¿Puede equivocarse la mayoría, y entonces, su error es acierto por el solo hecho de provenir de ella? ¿Puede la mayoría ser injusta, y su injusticia dejaría de serlo por provenir de ella? Es frecuente la tentación, y a veces la convicción, de que la mayoría es una realidad que está más allá de los límites razonables, y que está investida de legitimidades absolutas. ¿Es eso verdad? ¿La legitimidad solo tiene límites electorales?

4.- Las minorías, ¿tienen papeles que cumplir? Las minorías, de izquierda o de derecha, tienen el derecho y el deber políticos de proponer tesis cuya validez o legitimidad no está asociada con el dominio de una Asamblea. Deben cumplir la tarea fundamental de expresar las tesis de quienes son parte integrante de la sociedad política, aunque carezcan del número de diputados necesarios para imponerse. Tienen el deber de proponer y de luchar, de cuestionar, y desde ese foro, destacar, respetuosa pero firmemente, los excesos de las mayorías, o de apoyar a éstas cuando hay razón para hacerlo. Difícil pedir razonabilidad en la política, pero a veces es necesario hacerlo, aunque resulten las peras del olmo.

5.- La tarea de hacer las leyes.- La función y los límites de las mayorías, la función y los derechos de las minorías, desembocan en ese drama político y humano que es hacer leyes, escuchar a la gente, atender los argumentos de los sectores sociales, sensibilizarse ante las demandas de quienes no están representados por los legisladores que tienen poder. La tarea de hacer leyes no se agota en suscribir una determinación política, ni en escribir textos. Se sustenta en la admisión de la diversidad, en el talento para expresar en las normas positivas ese gran mapa de diversidades que es la sociedad, en suscribir que el verdadero argumento de la democracia es la tolerancia.

fcorral@elcomercio.org

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