Las evidencias nos pueden hacer creer que los funcionarios de la Superintendencia de Comunicación son ‘activistas’ de una forma de entender la comunicación, que buscan que su particular comprensión de un derecho se concrete socialmente y por ello cuando resuelven los casos sujetos a su conocimiento promueven un punto de vista. Como diría Duncan Kennedy, “orientan su trabajo hacia la meta de hacer que su intuición extrajurídica o legislativa” se haga realidad en las decisiones que toman.
La Ley Orgánica de Comunicación está llena de disposiciones ambiguas o vagas que otorgan a las autoridades un amplio margen de discrecionalidad, permitiéndoles optar por perspectivas variadas cuando la aplican, favoreciendo un uso ideológico de la legislación (ideología en el sentido de Habermas como ‘proyecto de universalización’).
Sin embargo, algunas de sus decisiones (o perspectivas institucionales) que se han aprovechado de esta laxitud normativa ponen en duda que exista una ‘visión’ ideal de los medios y su papel, parece que únicamente buscan controlar sus contenidos.
Por citar unos pocos ejemplos: la sanción al Extra por difundir la fotografía de un niño por pedido de su madre; el considerar a la caricatura “Olafo, el amargado” ‘sexista’ porque Helga, su esposa, aparece con un delantal de cocina y él la llama ‘mi chef personal’; la sanción al diario La Hora por una supuesta ‘censura previa’ por no cubrir la insustancial rendición de cuentas de un Alcalde; la ‘rectificación’ pedida por un ministro y ordenada por la entidad, pese a que se probó que la nota de prensa estaba contrastada, contextualizada y se sustentaba en información comprobable.
La interpretación hecha por la Supercom en estos ejemplos es tan burda, que dudo que detrás de estas resoluciones se encuentre una concepción, una ideología, una comprensión global de la comunicación y la información; parece que la motivación principal es bien concreta: ‘corregir’ a los medios privados, castigarlos en nombre de una historia de ‘excesos’ y controlar sus contenidos. Por ello, se impone una noticia a un medio (desmintiendo una información que antes se había presentado de forma oficial y en un medio público sobre la variación del precio de una obra); se multa a otro por no cubrir actos oficiales considerando a esto ‘censura previa’; o se castiga la difusión de una fotografía que tenía como fin beneficiar el interés de un niño.
Al elegir el sentido de aplicación de una norma se puede fortalecer o restar credibilidad a una entidad, promover un sentido de justicia o de arbitrariedad porque en una sociedad democrática las decisiones se legitiman por su “fuerza argumentativa”: la racionalidad de las decisiones.
En mi opinión, la Supercom, con sus resoluciones, informes y acciones, se ha debilitado tanto que su pervivencia parecería ligada exclusivamente al proyecto político que la creó; se ha desacreditado tanto que es posible –erradamente- atribuirle una sanción supuesta a un canal de televisión por “excesiva violencia de la Pantera Rosa”, algo ridículo pero que parecía probable por sus actuaciones previas.
@farithsimon