El Presidente en su afán de copar todos los sectores de la administración públi-ca, expidió la Ley Orgánica del Servicio Público (octubre de 2010). El Reglamento a esa Ley lo promulgó en abril del 2011, para tres meses más tarde reformarlo, incluyendo disposiciones que le permiten nombrar a “su” gente en las distintas dependencias. En julio del 2011 suscribe el Decreto 813, el cual incluye un artículo por el cual la máxima autoridad de cada ministerio puede cesar “por compra de renuncias con indemnización” a cualquier empleado. El “favorecido” no puede hacer nada, excepto recibir el dinero o presentar una demanda en el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo.
Para comprar renuncias con indemnización se debe cumplir dos condiciones: que el monto de las indemnizaciones esté previsto en el presupuesto de la institución; y, que se haya dado un proceso de reestructuración o racionalización en la entidad pública. Ninguno de los requisitos se ha cumplido, y el Ministro de Relaciones Laborales se ha escabullido cuando la “prensa corrupta”, es decir la no controlada por el Gobierno, le ha consultado sobre estos procesos de optimización.
No se conoce que en el presupuesto para 2011 de cada ministerio se haya previsto partidas para indemnizar a los servidores públicos cuyos cargos los requiere el Gobierno, para entregárselos a muchachos incondicionales de la revolución ciudadana, cuya escasa preparación, en la gran mayoría de casos, los ha dejado fuera de optar por un trabajo. Jóvenes a dirigir, olvidándose que la experiencia es sabiduría… y si hay viejos corruptos, la propia ley otorga la posibilidad de destituirlos e iniciarles acciones civiles y penales.
De procesos de reestructuración, optimización o racionalización, no se conoce. Se ha dicho que se han realizado investigaciones en las dependencias públicas, y de allí la necesidad de despedir a ciertos empleados. No se ha explicado por qué se los saca. Si se les encontró irregularidades, el proceso no es de cesación de funciones. Es destitución y prisión si los jueces encuentran que han cometido delitos. Pero como la urgencia es tener informantes a todo nivel, hay que actuar con rapidez, de allí la necesidad del Decreto 813.
¡Ay, si esto hubiere pasado en el sector privado! Compra de renuncias con indemnizaciones fijadas por el empleador, cosa que ha hecho el Presidente al determinar un número de salarios básicos que recibirán los empleados públicos despedidos, y no en base de su última remuneración, como sucede en el sector privado. ¡Ay, si esto hubieran hecho banqueros o medios de comunicación!, la rabieta del Mandatario sería más lamentable que el emperro en Asunción.