Otra vez las redes sociales

Prohibido olvidar: un día antes de dejar la presidencia, Correa remitió un proyecto de ley para regular las redes sociales. Moreno ha demostrado ser más tolerante a la crítica, no obstante, su proyecto de reforma a la Ley Orgánica de Comunicación (LOC) abre nuevamente la puerta para la regulación de redes sociales y otras plataformas digitales, equiparándolas a medios tradicionales como radio, prensa y TV.

La LOC vigente regula la información y opinión que se produzca o difunda a través de los medios de comunicación social, esto es: empresas, organizaciones o personas concesionarias de frecuencias, que presten servicios de comunicación masiva a través de medios impresos o servicios de radio, televisión y audio y vídeo por suscripción.

De aprobarse el proyecto de reformas que envió Moreno, los regulados serían todos los “mecanismos o instrumentos aptos para transmitir, divulgar, difundir o propagar, en forma estable o periódica, textos, sonidos o imágenes destinados a la población”. Y los medios de comunicación privados serían las “personas naturales o jurídicas de derecho privado con finalidad de lucro cuyo objeto es la prestación de servicios comerciales de divulgación y/o intercambio de contenidos, de su propia creación o provista por terceros, a través de diversas plataformas tecnológicas de comunicación”. Esta vaga redacción permite incluir entre los sujetos regulados a todo medio, aplicación, plataforma o servicio a través del cual se pueda intercambiar o difundir información.

Sin duda, las empresas que difunden contenidos en Internet deben respetar nuestros derechos. Pero pretender que una intermediaria de Internet asuma responsabilidad por los contenidos que transmite, asimilándola a un medio de comunicación tradicional, evidencia una falta de comprensión sobre el funcionamiento de Internet. Lo que es más grave, obligaría a la empresa a monitorear contenidos generados por usuarios, invadiendo su privacidad y censurando expresiones lícitas, debido a la dificultad de distinguir –a la velocidad a la que circula la información en Internet- contenidos protegidos por la libertad de expresión de aquellos que no.

Quienes se consideren afectados por contenidos generados por otros usuarios de internet deben tener acceso a mecanismos de protección judicial. Ahora bien, así como no responsabilizamos a una compañía de teléfono por la transmisión de un mensaje violento, una plataforma digital no debería ser responsable de los contenidos que los usuarios publican, salvo cuando participe en tales contenidos o se niegue a cumplir una orden judicial que exija su eliminación. El entusiasmo que produce la acertada decisión de eliminar la Supercom no puede eludir nuestro deber de debatir de manera profunda las reformas propuestas por el Presidente.

Columnista invitada

Suplementos digitales