Con la incorporación, el 26-01-2015, de siete jueces para completar los veintiuno que constituyen el pleno con duración de nueve años en ese máximo poder, cuya misión fundamental es garantizar la seguridad jurídica de la población ecuatoriana, se procederá a la designación de quien lo presida, por los próximos tres años. Es el art. 182 de la Constitución: “representará a la función judicial y durará en sus funciones tres años”. Esto es impedir la reelección, y obligar a que se reintegre a una de las Salas especializadas. En igual forma, fija el plazo de un año para que todas las Salas elijan otros presidentes, lo cual confirma que no hay reelección.
En nuestra vida republicana, se los consideraba ministros de Justicia, valorando su condición profesional y de jerarquía máxima. Por eso en el texto constitucional de 1998, esta Corte tenía el carácter de Suprema, y sus fallos eran el fin de un litigio. Hoy pueden ser materia de consulta de la Corte Constitucional. ¿Parece que en términos de agilidad y justicia independiente se ha retrocedido? Cuando menos, y después de muchos meses o años que tenía una causa entre la primera, la segunda y la tercera instancias, se veía un final firme con una sentencia inapelable.
Con los antecedentes expuestos, los 21 miembros de dicha Corte deberán elegir a otra persona como Presidente. Sin embargo, hay una corriente que se pronuncia por reelegirlo, lo cual sería la violación del mandato constitucional, y que además, impediría que sean candidatos otros jueces con méritos suficientes para ejercer esa alta función, entre los cuales hay valiosas mujeres. Se vislumbra este hecho porque en la evaluación realizada, Carlos Ramírez, actual Presidente, obtuvo 99,10 puntos sobre 100, puntaje cercano a la perfección y máxima sabiduría jurídica, quien le sigue llegó a 98,5. La materia jurídica a su cargo ha sido la de extradiciones que no se han formado estrictamente en un proceso litigioso de otras materias, sino de quienes en razón de sus funciones públicas, gozan del fueron de Corte Nacional. Por eso estos últimos tres años, no ha analizado materias de especialización jurídica que tienen las Salas como tributaria, contencioso administrativo, laboral, penal, civil. Resolvió, eso sí, un caso conflictivo: la extradición desde Panamá del exasambleísta Galo Lara, quien pedía a la Presidencia de la República, que investigara muchos casos de corrupción de los que tenía conocimiento. Hoy se encuentra recluido en el Centro de rehabilitación de Latacunga-Cotopaxi, para cumplir 10 años por ser cómplice de la muerte de tres personas. Otro caso pendiente: extraditar al expresidente Jamil Mahuad, asilado en los Estados Unidos por un sobreseimiento concedido el 2006 por la Corte Suprema de esa época.
Este nombramiento será una prueba máxima de que la Función Judicial no continúa atada al poder absoluto, aunque fue el Consejo de la Judicatura quien designó a estos siete jueces. ¿O de que sigue la inseguridad jurídica?