Periodismo de investigación

Un juzgamiento administrativo, del cual resultan víctimas Teleamazonas y la distinguida periodista de investigación Janet Hinostroza Oviedo, obliga a meditar, otra vez, sobre la libertad de expresión, bastante maltratada.

Legisladores de Alianza País, en junio del 2013 expidieron la Ley Orgánica de Comunicación en la que, administrativamente, crearon una infracción, bajo la denominación de “Linchamiento Mediático”.

En el Art. 26 prohibió … “la difusión de información que, de manera directa o a través de terceros, sea producida de forma concertada y publicada reiterativamente a través de uno o más medios de comunicación con el propósito de desprestigiar a una persona natural o jurídica o reducir su credibilidad pública”.

El Canal y la señora Hinostroza se hicieron eco de un delicado problema sobre adquisición de medicinas y, de paso, el de una entidad productora de medicamentos que, como casi toda empresa de gobierno, no prosperó y el Presidente se vio en el caso de eliminarla.

En esta tarea, entrevistó a numerosas personas, inclusive responsables del manejo de la compra de medicamentos y de la suerte adversa de la empresa oficial.

La meditación se debe a que, según nuestra Constitución, rigen ciertos Convenios internacionales que deben ser acatados.

Uno de ellos, la Declaración Universal de Derechos del Hombre aprobada por la Naciones Unidas, que establece el derecho a la libertad de opinión y de expresión, … “el de investigar y recibir informaciones y opiniones y el de difundirlos sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.

Esta regla de vigencia universal para el mundo civilizado, fue acogida y repetida en otros instrumentos vigentes, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos del año 1966, en su Art. 19. Más aún: la Convención Americana Sobre Derechos Humanos en su documento del año 1969, Art. 13; y si algo más faltase, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, en el parágrafo IV del Capítulo Primero.

Es obligatorio cumplir también lo que manda nuestra Constitución, Art. 18, que garantiza buscar y difundir información veraz, así como acceder libremente a la información generada en entidades públicas, Art. 13.

La señora Hinostroza es una profesional importante del periodismo y presentadora internacional en TV. Antes, recibió amenazas de agresión física por revelar el “préstamo” de Cofiec al argentino Gastón Duzac.

Debemos pensar, sobre el prestigio del Ecuador en el ámbito internacional. ¿Cómo juzgarán estos actos de persecución a la prensa, en particular a la de investigación?

En este caso se ha ordenado presentar disculpa pública. Ya lo hizo, bajo protesta, pero queda el recuerdo de una injusticia que, ojalá, no se repita por el bien del país.

Suplementos digitales