Peligrosa, injusta e inconstitucional

Peligrosa, injusta e inconstitucional es la reforma a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública del 13 de octubre pasado, que elimina la potestad judicial de "valorar" en juicio los inmuebles, en caso de expropiación decretada por el Estado o sus instituciones. Ahora el "juez en su resolución está obligado a sujetarse al avalúo establecido por la Dirección de Avalúos y Catastros de la Municipalidad, sin perjuicio de que el propietario inicie las acciones que le franquee la ley, respecto de un eventual daño emergente." Inconstitucional, porque el Art. 323 de la Constitución establece que la expropiación se hará "previa justa valoración, indemnización y pago de conformidad con la ley". Con la reforma, la valoración justa desaparece, y se la sustituye por una determinación anticipada, unilateral, estatal e interesada, porque el Municipio es Estado finalmente, y el Estado es parte y no juez independiente. Inconstitucional, porque se impone al juez la aplicación del precio municipal, suprimiendo la pericia, la justicia, la apreciación del valor de mercado, etc.

Inconstitucional, porque la misma Constitución prohíbe la confiscación, y la confiscación puede ocurrir con el pago de precios irrisorios impuestos por el Municipio. Inconstitucional, porque se elimina de un plumazo el ejercicio del derecho a la defensa establecido como garantía del debido proceso. ¿Qué defensa cabe ante el Estado/municipio que impone el precio al propietario y al juez? Inconstitucional, porque elimina toda posibilidad de impugnación, y porque restringe el derecho del afectado a un juicio de daño emergente contra el Estado, ¿y el lucro cesante?, ¿y la imposibilidad práctica de defenderse ante un Tribunal de lo Contencioso Administrativo entrampado en miles de causas?, ¿y la apelación prevista como garantía del debido proceso? ¿y la necesidad de un juez imparcial para discutir el precio? Peligrosa e injusta la reforma, porque pone en cuestión al derecho de propiedad y expone a los ciudadanos a lo que determine cada Director de Avalúos y Catastros de los cientos de municipios del país. Injuridica la reforma, porque desnaturaliza la función del avalúo municipal, de carácter tributario, y lo convierte en "justo precio" para eliminar la propiedad privada, y en orden al juez para aplicar esa unilateral determinación. Inconveniente e inconstitucional, además, porque acentúa la dependencia judicial, elimina el debido proceso para discutir el valor del derecho de propiedad, afecta gravemente al acceso a la justicia, establecido en los Arts. 75 y 76 de la Constitución. Inconstitucional la reforma porque con ella la seguridad jurídica queda en nada.

Me pregunto, ¿dónde está el "Estado de derechos y justicia", dónde la tarea fundamental de proteger al ciudadano? Creo que las autoridades deben meditar y suprimir tan desafortunada reforma .

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