Realmente no hay medias verdades, porque estas se publicitan para encubrir mentiras.
El gobernante anuncia que la nueva Reforma Tributaria entrará en vigencia el jueves 24 de noviembre del 2011, por “el Ministerio de la Ley”, porque su Asamblea, de dirección y mayoría subordinada a su voluntad, no tramitó el proyecto de Ley.
Más allá de los cuestionamientos constitucionales y legales, sobre lo que ha habido mucha información, es preciso referirse a la media verdad publicitada por el gobernante de que no va a encarecerse el costo de vida porque habrá devolución del impuesto del 5% que por cada pago al exterior, de lo que importan, deberán tributar los importadores de insumos, materias primas y bienes de capital (el 70% de las importaciones del sector privado según señalan).
¿Por qué media verdad?. Porque el proyecto dice cosas diferentes:
No hay devolución del 5% del impuesto a la salida de divisas, en el caso señalado, sino crédito tributario utilizable hasta por cinco años, exclusivamente para pagar el impuesto a la renta que se cause y deba pagar el propio importador. De no usarse en los cinco años, se pierde el crédito tributario.
En la práctica será como un anticipo del impuesto a la renta, que se sumará a otros anticipos y retenciones en la fuente, para el evento que se genere suficiente utilidad y se cause un tributo posible de cruzar con todos los anticipos y retenciones. Caso contrario, simplemente se pierde.
Y no será para todos los insumos, materias primas y bienes de capital, sino sólo para los que se detallen en las listas que establezca el Comité de Política Tributaria. Funcionarios del SRI, han indicado que en lo inmediato no se está elaborando listado alguno, ¿cuándo estarán las listas?, ¿tendrán efecto retroactivo?, ¿qué va a pasar con las cobranzas de importaciones ya efectuadas, pero no pagadas? . Además, las listas siempre serán modificables.
¿Qué van a hacer los importadores? Primero, por las cobranzas de importaciones ya efectuadas y no pagadas, tendrán el costo inmediato del 5%, que lo recargarán a lo que todavía tengan en inventario, para no perder ese valor. Por lo que ya vendieron localmente, aun cuando la cobranza la deban al exterior, no podrán resarcirse.
Segundo, de futuro siempre recargarán el impuesto a los precios de venta, por los costos financieros inmediatos que significará pagar los impuestos, quedando el posible crédito tributario como sólo expectativa de posible utilidad.
¿Habrá privilegiados? Sí, los que han contratado con el actual gobierno, a quienes se les ha congelado las tarifas tributarias a las vigentes a la fecha de los contratos. En el contrato símbolo de la corrupción contractual petrolera, el de Ivanhoe, de octubre del 2008, el impuesto a la salida de divisas es del medio del uno por ciento, o sea la décima parte del resto de contribuyentes.