¡Y el ataque ahora va dirigido a las Organizaciones No Gubernamentales, las conocidas ONG, nacionales y extranjeras! No puede quedar piedra sobre piedra . Lo bueno, lo malo, lo bonito y lo feo, debe ser destruido porque no ha sido obra de la revolución ciudadana. La vida privada, al igual que la iniciativa particular, tienen que estar bajo control y decisión final del gobernante. Ahora la nueva “ideota” es controlar y disolver a las ONG a discreción del Presidente. ¡Otra locura que el pueblo adormecido no se da cuenta! El letargo por tanto consumo de calmantes encapsulados bajo la figura de bonos, hace que muchos no reaccionen ante los atropellos surgidos desde Carondelet.
Las ONG están previstas en el Código Civil como personas jurídicas sin fines de lucro. Sus actividades están destinadas a objetivos altruistas, de beneficencia, de ayuda social. Pues con el caos bien organizado por el señor Correa, ahora se pretende reglamentar el Código Civil, yéndose en contra de normas expresas del mismo Código que contiene disposiciones claras y contundentes sobre corporaciones y fundaciones.
Como en esta administración todo es posible, y el sentido común desapareció de entre los jerarcas del Gobierno, y lo único valedero es el gasto en publicidad alrededor de la figura de Correa, ahora han decidido que toda ONG tiene que estar bajo el control y rectoría del Presidente, ante quien, y de nadie más, se debe presentar la petición de creación de una fundación o corporación privada sin fines de lucro. El Primer Mandatario, según el Código Civil, tan solo está facultado para rechazar el estatuto de este tipo de personas jurídicas, cuando es contrario “al orden público, a las leyes o a las buenas costumbres”. No habla la ley de controles, rectorías, y todo aquello que signifique chantaje del Poder Ejecutivo a la iniciativa privada. Es ilegal, por tanto, la reglamentación en camino.
También para controlar toda organización que al gobierno le estorbe, el Presidente puede disolverlas entre otras causas por realizar “proselitismo político”. Participar en una marcha en defensa de la supervivencia de las ballenas, podría ser calificada como proselitismo, y la fundación ser disuelta. Si la marcha es en favor de sapos, burros, zorros o buitres, a lo mejor no se la disuelve’ defensa del gremio.
El Código Civil sólo prevé dos causas para disolver una fundación o corporación: por disposición de la ley o por no realizar la actividad para la que se constituyó. ¡Nada más! El proyecto de reglamento de control y disolución de las ONG va más allá de lo ordenado por el Código Civil, pero como estamos en dictadura absolutista, lo que dice el monarca se obedece.