Los censuradores y otras especies similares son iguales en todas partes. En esta era de Internet, redes sociales y realidad virtual, utilizan abusivamente ciertos conceptos con el fin de limitar la difusión y circulación de temas e ideas que molestan de alguna forma a los gobernantes. Una de esas vías es la invocación a derechos de propiedad intelectual sobre documentos, imágenes, fotografías; con esto se ataca páginas Web, cuentas en redes sociales, medios de comunicación.
Bloquear páginas, suspender cuentas en redes sociales, a partir de reclamos en terceros países, donde se encuentran los servidores de las redes sociales, es una constante; estas medidas impiden la difusión y acceso a noticias, opiniones e información incómoda para el Estado.
Las víctimas de estos ataques sufren restricciones indebidas a su derecho a expresar y difundir ideas, opiniones, información; además, se ven obligadas a invertir tiempo y recursos para defenderse. Esto a su vez provoca que los demás nos veamos privados del acceso a información relevante de indudable interés público y, hacia el futuro, con estas medidas otras personas son intimidadas por estas acciones, promoviendo la autocensura.
Existe suficiente información sobre el uso de recursos públicos para estas acciones de censura. Esto parece ya no provocar asombro e indignación. Años de prácticas abusivas han hecho que este tipo de prácticas se acepten como “normales”, pese que están totalmente reñidas con los derechos. Tenemos ejemplos absurdos como los reclamos por el uso de fotografías del Presidente de la República (y otros funcionarios), en actos y lugares públicos. Es evidente que esta clase de imágenes no se encuentran protegidas por las reglas de propiedad intelectual.
La Ley de Propiedad Intelectual vigente dispone que la publicación de un retrato es libre cuando se relacione con “hechos o acontecimientos de interés público o que se hubieren desarrollado en público”; cuando estas imágenes son del Estado cualquier ciudadano puede usarlas, no necesita autorización alguna. La Ley Orgánica de Acceso a la Información Pública reconoce que toda la información -como regla general- producida con recursos públicos o en poder del Estado es pública.
Que desde el oficialismo se haga esto es un contrasentido con el discurso sobre una supuesta “democratización” de la información y el conocimiento; muchos agentes estatales demuestran gran incoherencia y no se avergüenzan por ello. En el promocionado proyecto Código Ingenios se contiene una regla idéntica a la citada de la Ley de Propiedad Intelectual; es decir, se acepta que ese es el estándar respecto de temas de interés público.
Estamos viviendo el reino del doble estándar y la doble moral. Debemos recuperar nuestra capacidad de indignación colectiva frente a prácticas abusivas; los bloqueos en nombre de la propiedad intelectual son una forma de censura previa, una violación a los derechos humanos que esperemos no quede en la impunidad.