En vista del momento político que vivimos ha tomado un lugar central en el debate público el derecho a la resistencia, defendido por muchas personas como un derecho que existe con independencia a su reconocimiento normativo, para otras, en particular para quienes ejercen el poder, es una simple “novelería”.
La pretensión es que obedezcamos al derecho, a las normas jurídicas y, por ende, cada decisión de autoridad que tenga sustento en ellas. Se asume que bastaría que una disposición provenga del Estado para que sea respetada; sin embargo, se olvida que el Estado es un artificio, una idea, que funciona, si quiere ser considerado democrático no solo por reglas de mayorías, sino a partir de otros supuestos, fundamentalmente por una serie de “autorizaciones” otorgadas en la Constitución, unas potestades que implican limitaciones, algunas infranqueables como las que establecen los derechos.
Las normas jurídicas son el resultado de procesos de aprobación reglados; es decir, “existen” cuando han seguido un procedimiento y a partir de ello se consideran vigentes. Sin embargo, reducir todo a una serie de ritos sería peligroso, además se requiere que las normas sean válidas, y no solo vigentes, por ello debe examinarse su contenido, su correspondencia con los derechos, a los que no se debe contravenir, reducir o violentar. Se requiere un análisis que va más allá de la mera formalidad, son juicios de valor en los que se examina su contenido. Una norma podría estar vigente pero ser inválida. Por ello, la obediencia y el respeto a las decisiones basadas en ella, dependen de que estas cumplan las condiciones de legalidad y legitimidad.
A partir de la constitucionalización de los Estados se entiende que los remedios a los abusos se encuentran institucionalizados, esto gracias a la separación y control de los poderes y que los ciudadanos cuenten con vías para impugnar normas y actos considerados inválidos, ilegítimos e injustos. Pero ¿qué sucede cuando el propio ordenamiento jurídico elimina esa posibilidad o las instituciones a cargo de realizar esta revisión no cumplen con las condiciones mínimas de independencia y avalan decisiones basadas en normas consideradas injustas o arbitrarias?
Algunas personas acuden a la desobediencia civil (un acto ilegal público, no violento, de carácter político); otras invocan el derecho a la resistencia que en nuestro país tiene reconocimiento constitucional, pese a que por su naturaleza es contrasistema y presupone, en una de sus manifestaciones, un cuestionamiento al poder público, el considerarlo ilegítimo porque vulnera o pueda vulnerar derechos. Ejercer la resistencia es asumir que no existen remedios institucionales para enfrentar los abusos e injusticias, implica una subversión ante el orden constituido, un enjuiciamiento a la legitimidad democrática de las actuaciones del poder.
¿En cuántos casos actuales podemos esperar que los abusos del poder se frenen por medios institucionales? ¿Existen otros caminos además de resistir? Ustedes juzguen.