Columnista invitado
Otra de las enmiendas constitucionales propuestas por el Gobierno en relación a las FF.AA., dice: “Art. 158 (sustituir el segundo inciso). Las Fuerzas Armadas tienen como misión fundamental la defensa de la soberanía y la integridad territorial y, complementariamente, apoyar en la seguridad integral del Estado de conformidad con la ley”.
Aunque jamás los militares han estado ajenos al apoyo a la Policía cuando ha sido necesario, del control del narcotráfico, del crimen organizado, de precursores químicos, de armas, del tráfico humano, etc. Las FF.AA. colaboran en labores de inteligencia; igualmente están realizando permanentemente operaciones de interdicción marítima y aérea y lo que es más, con gran sacrificio y riesgo, la vigilancia permanente en las fronteras, especialmente la del norte.
Varias fueron las piruetas jurídicas a las que apeló el Gobierno para utilizar a las FF.AA. en misiones que le competen a la Policía, entre otras, el 24 de noviembre de 2010, el Juzgado XXII de Garantías Penales “concedió las medidas cautelares (pedidas por el Ministerio de Justicia) para que las FF.AA. del Ecuador se sumen a la lucha contra la delincuencia en todo el territorio nacional, con énfasis en la ciudad de Guayaquil”. De acuerdo con los juristas, las medidas cautelares son una figura jurídica que permite a los ciudadanos parar los abusos del Estado. En este caso, ¿el Estado pide al propio Estado que lo proteja del Estado?
La incorporación del artículo 11, en la Ley Reformatoria a la Ley de Seguridad Pública y del Estado le otorga una nueva potestad al Ejecutivo: “Las Fuerzas Armadas Ecuatorianas, sin descuidar su misión fundamental de defensa externa, intervendrán, por disposición de la Presidenta o el Presidente de la República, en la protección interna, el mantenimiento y control del orden público y seguridad ciudadana”. Sin embargo, esta reforma es insuficiente porque una ley, como la reformada, no puede estar sobre la Constitución.
Se tiene el temor, de aprobarse esta enmienda, que el Gobierno utilice a los militares discrecionalmente como lo viene haciendo so pretexto de la Seguridad Integral en varias actividades ajenas a su misión: desalojo de invasiones, control de bares y cantinas, control de contrabando, de cachinerías, destrucción de maquinaria de la minería ilegal y, para variar, para que hagan trabajos de fumigación.
Frente a lo señalado, vale la pena recordar la advertencia que hace el asambleísta Fernando Bustamante, actual presidente de la Comisión de Soberanía, en su trabajo como académico, “Fuerzas Armadas en Ecuador: ¿Puede institucionalizarse la subordinación al poder civil? (1988): “(…), una cierta prudencia política civil requiere que se aleje y no se aproxime a las Fuerzas Armadas al manejo de situaciones de enfrentamiento interno, las cuales deben ser enfrentadas por medios políticos y policiales más que castrenses”.