Comunicación, un derecho

Una de las delicadas enmiendas constitucionales en la que está empeñado Alianza País es la definición de la comunicación como un servicio público.

El debate es conceptual y de fondo. En una democracia que se precie de tal, los derechos fundamentales son inmanentes. La comunicación es un derecho humano, clave para la vida en comunidad y para el ser individual y social.Nunca, de ninguna manera, en democracia, la comunicación puede acercarse a los conceptos de los servicios públicos que brinda el Estado, por su propia acción o aun por delegación a terceros.

La comunicación humana, que es inherente a su propia naturaleza, es libre por principio y por ejercicio común.

Los hombres organizados en sociedad adquieren derechos que le son irrenunciables, como hacer de la comunicación un instrumento para expresar sus ideas, para opinar y debatir, para producir y divulgar los mensajes que a bien tengan y recibir un retorno de la sociedad.

Las autoridades de la Corte Constitucional dieron luz verde para viabilizar una enmienda que someta a la comunicación al dogal del servicio público.

La intención de los legisladores del bloque oficialista de querer reducir ese derecho de libertad vital a un simple servicio podría minar las bases de la acción de los agentes de la comunicación.

Los grupos sociales, gremios, actores y partidos políticos, medios y hasta los ciudadanos en su condición esencial de personas e individuos pueden verse afectados severamente.

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