El tema de tenencia y consumo de drogas merece mayor reflexión en una sociedad permisiva, “quemeimportista” e indolente. Ni vivir de hipocresías en una sociedad que intenta ocultar los hechos y vive de las apariencias, del doble discurso y doble moral, cuando por debajo o en público se consume encubierta o abiertamente.
Tampoco convivir con contradicciones porque por un lado se autoriza la tenencia y consumo con limitaciones mientras la autoridad educativa hace bien en prohibir en forma terminante tanto lo uno y peor lo otro (tenencia y consumo) en todos los espacios de los establecimientos educativos.
Bien por el sinceramiento al abordar el problema de las drogas, que es lo que necesita la sociedad, pero debe coordinarse mejor la acción institucional, los educadores, los padres de familia, porque involucra a todos. Tanto la resolución del Consejo Nacional de Control de Sustancias Estupefacientes y Sicotrópicas cuanto el acuerdo del Ministro de Educación invocan los derechos consagrados en la Constitución. El uno para autorizar la tenencia y consumo de drogas y el otro para prohibir en los establecimientos el ingreso, tenencia, consumo, distribución o comercialización de las drogas y enfatiza: “Sea cual fuere su cantidad”. Es decir, en teoría un chico podría portar y consumir pero hasta antes de ingresar al establecimiento.
El primero reivindica derechos ciudadanos y que las instituciones y autoridades públicas ejercerán solamente sus competencias y facultades atribuidas en la Constitución y la Ley. El segundo invoca las normas constitucionales que reconocen el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que las adicciones son un problema de salud pública y que le corresponde al Estado desarrollar programas de información, prevención y control del consumo del tabaco.
El Ministro de Educación declara al sistema educativo libre de tabaco, alcohol y estupefacientes, prohíbe en todos los espacios educativos el ingreso, tenencia, consumo, publicidad, incentivo, distribución o comercialización de estos productos, dispone que haya estrictos controles y determina que nadie podrá disponer de estas sustancias en ropas, mochilas o bolsos. El art. 132 de la Ley Orgánica de Educación Intercultural prohíbe incentivar, publicitar o permitir el consumo y distribución de tabaco, alcohol y sustancias sicotrópicas y estupefacientes.
No caben los extremos. Ni todo ni nada. Ya no son épocas en las que se puede restringir totalmente, más aún cuando en la práctica hacen lo que se prohíbe, pero tampoco permitir con libertinaje que hagan lo que les dé la gana. Debería coordinarse mejor entre las instituciones para que no haya contradicciones y de manera especial abrirse campo para la verdadera participación ciudadana en otro tema complejo como este.