El desacato y el siglo XIX

Un artículo del historiador Peter Henderson sobre el debate político en el Ecuador durante la elaboración de la Constitución de 1861, en el inicio del largo período garciano, me sorprende por la similitud de los temas de discusión del momento con muchos de los propuestos por la revolución ciudadana 50 años más tarde.

Uno de los temas de mayor debate entonces fue el de las libertades políticas frente a los riesgos de un Poder Ejecutivo muy fuerte y centralizado como el que reclamaba García Moreno para reunificar al país. Las libertades que más preocupaban eran las de pensamiento, expresión y prensa. En ese contexto, se debatió con mucha pasión -vean la coincidencia- sobre el desacato bajo la figura de difamación de los gobernantes. La controversia enfrentó a quienes defendían una sociedad abierta, capaz de afirmar las tradiciones republicanas y liberales del Estado ecuatoriano, contra los conservadores, partidarios de extender las sanciones de difamación a quienes las escribían en lugar de solo castigar, como ocurría hasta entonces según Henderson, a quienes las publicaban. El propósito era proteger la figura de los gobernantes frente a los “panfletos incendiarios” de los bandos políticos.

Para ser conscientes de la distancia histórica que nos separa y, por lo tanto, del anacronismo que supone discutir temas similares a los de hace 150 años, basta señalar que una de las principales controversias sobre las libertades giró en torno a la pena de muerte por delitos políticos. Si bien la Constitución de 1861 no la incluyó, como era el deseo de García Moreno, constó, en la de 1869. El ultramontano líder conservador pensaba que los “ejemplos terribles” servirían para que los “malhechores” se abstuvieran de rebelarse, como recuerda Henderson.

La revolución ciudadana todavía no ha reivindicado la pena de muerte para sancionar crímenes políticos, pero acusa de terroristas a los malhechores indígenas para que se abstengan de protestar. En cambio, defiende el desacato -aunque de manera disfrazada- mediante esa muy conservadora propuesta de reforma al Código Penal, que incluye una larga lista de sanciones –prisión y multa incluidas- a quienes atenten contra el honor y la dignidad de las autoridades políticas.

Puedo pensar dos posibilidades: o que el Ecuador no ha resuelto muchos de sus problemas de formación estatal -el regional, el étnico, el de las libertades políticas, incluso el religioso, fueron temas claves de discusión en 1861- o que la revolución ciudadana es más una heredera de ciertas tradiciones garcianas que alfaristas, estas últimas reivindicadas de manera tan demagógica por nuestros revolucionarios en el poder. ¿Más cerca de García Moreno que de Alfaro?

Suplementos digitales