Desde los años sesenta del siglo XX, el Estado desarrolló mecanismos de control de los medios de comunicación. Las dictaduras militares establecieron dependencias de la Presidencia de la República para registrar y autorizar el funcionamiento de los medios impresos, con referencias de sus propietarios, periodistas responsables, domicilio y otros datos. El control era reducido, pero resultaba una novedad en un país donde antes no había ninguno. Excepcionalmente fue usado este recurso contra la oposición.
En los sesenta y setenta, los temas que recogía la prensa fueron fundamentalmente el modelo de desarrollo que impulsaba la modernización, sobre todo agraria, y la industrialización. Desde los ochenta, los periódicos criticaron la expansión de la esfera del Estado y comenzaron a respaldar las políticas de ajuste que implantaban los gobiernos por influencia de los organismos financieros internacionales.
La Constitución de 1967 ratificó que los medios de comunicación tienen como “objetivo primordial la defensa de los intereses nacionales”, añadiendo “y la difusión de la cultura”. La de 1978 determinó: “derecho a la libertad de opinión y a la expresión del pensamiento por cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio de las responsabilidades previstas en la Ley”. Pero añadió una garantía expresa: “Toda persona afectada por afirmaciones inexactas o agraviada en su honra por publicaciones hechas por la prensa u otros medios de comunicación social, tendrá derecho a que éstos hagan la rectificación correspondiente en forma gratuita, inmediata y proporcional”. La Constitución de 1998 repitió, en términos generales, las disposiciones de la anterior.
La Constitución de 2008 dio gran espacio a los derechos de comunicación e información. Todas las personas tienen derecho a “comunicación libre, intercultural incluyente, diversa y participativa”. También al acceso universal a las tecnologías, creación de medios de comunicación, uso de frecuencias, creación de medios públicos, privados y comunitarios, buscar y difundir información, etc. El Estado no permitirá el monopolio u oligopolio de los medios de comunicación y “garantizará la cláusula de conciencia a toda persona, y el secreto profesional y la reserva de fuentes a quienes informen, emitan sus opiniones, a través de los medios u otras formas de comunicación, o laboren en cualquier actividad de comunicación.” Entre los “derechos de libertad” se incluyeron el de libre expresión y el de exigir rectificación a los medios de comunicación.
En los últimos años, se ha tratado desde el Gobierno de establecer un sistema público de medios de comunicación, y se ha impulsado una legislación que establece varios niveles de control, regulación y censura de los medios de comunicación por el Gobierno, que ha sido fuertemente resistida.