La responsabilidad del Estado por la vida de las personas, de su dignidad, libertad y derechos civiles en una sana convivencia social forma parte de una política nacional de los países desde 1994 (Informe de Naciones Unidas). Este enfoque conceptual de seguridad humana no es reciente, como se pretende argüir para validar sesgadamente la fusión de la defensa nacional con la seguridad, que no obstante estar estrechamente vinculadas, obedecen cada una a políticas nacionales específicas.
La Política de Seguridad del Ecuador para la Frontera Norte de 2000, como la Política de Defensa Nacional de 2002, ya recogieron estos nuevos conceptos de seguridad multidimensional, ante el advenimiento de las probables consecuencias de la aplicación de Plan Colombia.
Lo que sí es una innovación evidentemente es la “ciudadanía universal, la libre movilidad de todos los habitantes del planeta y el progresivo fin de la condición de extranjero, como elemento transformador de las relaciones desiguales especialmente Norte- Sur”, (art. 416 de la Constitución).
Este principio de relaciones internacionales constructivista que garantiza los derechos humanos y civiles, probablemente se habrá inspirado en un estado cosmopolita de tipo Kantiano; y que sin embargo de servir de base para el Derecho Internacional contemporáneo, debe ser contrastado con otros principios y políticas nacionales.
Una visión incluyente y holística de la problemática facilitará la convergencia y coherencia de los objetivos trazados; con la política migratoria que garantice la movilidad humana y la política de refugiados que facilite el reasentamiento permanente, la integración y naturalización, previniendo que a futuro se consoliden enclaves poblacionales que puedan degenerar en problemas de xenofobia, nacionalismo y aun de integración nacional.
En los umbrales del Acuerdo de Paz de Colombia, considerando el incremento de refugiados; así como el probable incremento de actividades ilegales y de violencia, como resultante de la desmovilización, deserción y reorganización de los grupos ilegales y del narcotráfico, resulta apremiante una política de seguridad.
Las zonas de seguridad del Estado según el reordenamiento jurídico territorial de 2009, deben garantizar la soberanía y convertirse en emporios del desarrollo social y económico. El Plan Ecuador de 2008 frente a los impactos del conflicto interno de Colombia establecía objetivos de defensa y seguridad fronteriza, fortalecimiento del rol de las Fuerzas Armadas y control efectivo del espacio territorial ecuatoriano; sin embargo, luego de escindir de estos objetivos se traslada la responsabilidad del Plan del Ministerio Coordinador de Seguridad a la Senplades.
La seguridad humana no descompone los elementos, protección de la población, garantía de sus libertades y derechos, soberanía territorial y vigencia de la ley. La ciudadanía supranacional y la eliminación de las fronteras son todavía utopías.