En relación a la polémica por el precio en la compraventa del terreno del parque Los Samanes entre dos instituciones públicas: Ministerio de Ambiente e Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (Issfa), el problema jurídico-político que se ha creado recién comienza. Su final incierto es de pronóstico reservado porque aunque el poder sea abusivo no hay que olvidar también que todo poder es efímero.
Entre dos instituciones públicas el traspaso del inmueble debió de darse a través de una donación, esto es a título gratuito, según el inciso segundo del Art. 57 del Reglamento general sustitutivo para el manejo y administración de bienes del sector público, expedido por la Contraloría General del Estado en el R.O. 378 del 17 de octubre de 2006 (hoy Art. 65, R.O. 585 del 11 de septiembre del 2015).
Por una parte, en Derecho se conoce que “las cosas se deshacen en la misma forma como se hacen”, y después de que las partes en un contrato se ponen de acuerdo en la cosa, precio, plazo, etc. se refuta un contrato perfecto; y si en lo futuro una de las partes se cree perjudicada respecto a que el precio pagado fue muy inferior o superior al 50% del valor real podrían alegar lesión enorme, disponiendo de un plazo para reclamar para evitar la prescripción o también de mutuo acuerdo pueden solucionar el ‘impasse’. Pero si una parte no está de acuerdo con lo que alega la contraparte, no queda otro camino que buscar la decisión de un juez.
Lo grave es que en este asunto una parte no está conforme y el presidente de la República, Ec. Rafael Correa Delgado, se tomó atribuciones que no le corresponden y a través de un Decreto ordena que se debite el dinero pagado en exceso y lo que él considera “justo”, por cuanto se evitaría un largo litigio, (reconociendo ipso facto que en la revolución ciudadana también hay demasiada lentitud en la justicia y una cuantiosa deuda con el Issfa). Y, además, se manifiesta que solo se trata de “un error de buena fe”.Esto en un Estado de derecho y de justicia (y no de opinión o de autoritarismo), repito, solo lo podía decidir un juez. Por otra parte, se comenta que la Contraloría ya intervino y en un plazo prudencial daría su pronunciamiento a través de un informe de auditoría. El Contralor tiene dos alternativas: aplicar su reglamento antes citado, declarando que el traspaso debió hacerse por donación y gratuitamente, estableciendo las respectivas responsabilidades o declarar que el contrato en el campo del Código Civil fue perfecto. Con cualquiera de estas dos situaciones se demostraría que la intervención del gobernante de turno fue una actitud falaz al decir que sus pupilos “erraron de buena fe”, porque existe una declaración presidencial de que “fue una muy buena compra por cuanto el terreno podría costar 80 millones de dólares”; así como también la exministra del Ambiente, Marcela Aguiñaga, manifestó que “como abogada que es, todo lo que realizó fue legal”.
Con la decisión del Contralor terminaría el complejo problema y todos los sufridores o revolucionarios seríamos felices, olvidándonos de tomar partido por un supuesto golpe de Estado, de un intento de magnicidio, de la hoguera bárbara o ser testigos de un desesperado harakiri al estilo japonés de algún funcionario público involucrado en el tema al sentirse descubierto que su honor está por los suelos.