He leído con sorpresa, por decir lo menos, las declaraciones del Superintendente de Información y Comunicación (Supercom), donde dice que en el caso de Extra y de La Hora, la Supercom no es juez y parte. Dice que no son juez y parte porque es una institución que sanciona administrativamente y no judicialmente. Cualquier institución o persona encargada de establecer sanciones, primero debe “juzgar” el acto que considera que merece dicha sanción.
Si bien es cierto que si nos atenemos a la definición jurídica, el Superintendente de la Supercom no es un juez en el sentido estricto de esa definición; sin embargo, está encargado de calificar infracciones y de determinar sanciones, cometidas por los medios de comunicación. Esto, insisto, es juzgar.
La sorpresa viene por el apego irrestricto a la definición jurídica, y su afán de aferrarse a la misma para negar su calidad de juzgador.
En la legislación ecuatoriana existen muchos casos similares: por ejemplo, en la Ley de Contratación Pública se da la capacidad de juzgar incumplimiento de contratos, a personas que ostentan la máxima autoridad administrativa: no tienen preparación jurídica pero juzgan y sancionan. Si no fueran jueces, entonces, ¿por qué las sanciones impuestas tienen un carácter de obligatorias?
En los casos de Expreso y de La Hora, quien hace la denuncia es la Supercom ante sí misma, pues ella actuó de oficio ante lo que consideró vulneración de su derecho a la réplica y fue la Supercom la que elaboró un reporte interno, a partir del cual esta misma Secretaría admitió el caso y dio inicio al procedimiento administrativo, que fue sustanciado por la Supercom, que resolvió que hubo infracción al vulnerar los derechos de la Supercom y emitió la resolución que decidió la sanción a los diarios mencionados y los obliga a pedir disculpas a la Supercom y publicar la réplica. Siguiendo el procedimiento reglamentario, los diarios pueden apelar la resolución ante el Superintendente de la Supercom. ¿Existe acaso un caso más claro de ser juez y parte?
Estos casos demuestran la indefensión ante un aparato estatal que coloca a personas sin la preparación suficiente en posiciones de juzgar y emitir sanciones, dejando a merced de ellos al pueblo ecuatoriano. Estas leyes deben ser modificadas para evitar la comisión de estas aberraciones jurídicas.