Al solicitar atención en una institución pública o privada, para realizar cualquier trámite, generalmente en recepción solicitan identificarse con algún documento que le pertenece a uno, esto también se lo hace por seguridad, siempre y cuando se lo pida con respeto y educación, se considera correcto el control si es que simplemente el ciudadano comunica verbalmente sus propios datos y verifican en recepción del edificio con cualquier documento válido del visitante, a su vez los encargados de seguridad pueden tomar nota por escrito como prueba de ingreso al edificio y no implica retención de ningún documento a la persona.
En cambio, si se deja o se entrega en recepción su cédula de ciudadanía, hasta concluir los trámites dentro del edificio, aunque sea por un minuto, el ciudadano deja de estar amparado en sus derechos constitucionales al no tener su principal documento de identificación, deja de ser ciudadano amparado por Ley.
Es bueno reconocer que sí existen instituciones públicas y privadas en las que simplemente no solicitan ningún documento de identificación y se realizan los trámites con mayor celeridad incluso atienden cordial y eficazmente.