EL RESPETO SE LO GANA

Cuando uno se encuentra con rótulos intimidantes, en verdad que molesta. Las personas al parecer interpretan a su conveniencia el art.232 del Código Penal.

En una prestadora de servicios médicos del IESS, aparecen los siguientes rótulos:
-“El que faltare al respeto a cualquier funcionario, cuando se halle en ejercicio de sus funciones, con palabras, gestos o actos de desprecio, será reprimido con prisión de ocho días a un mes”.

-Sr/a Paciente
Si usted llega tarde a su cita automáticamente pierde su turno y deberá agendar una nueva cita llamando al 140 o tiene la opción a tomar una cita privada.

Cuando no hay igualdad de deberes y derechos, los pacientes o los usuarios con justa razón se molestan.

Se exige estar con 45 minutos antes de la cita, pero los médicos sí pueden darse el lujo de llegar muy tarde. Y los pacientes tienen que esperar, así de sencillo.

Y para completar el cuadro, cuando se va a retirar la medicina, le dicen que “No están dando medicinas, desde hace un mes, porque el IESS, no les pagan”.

Algunas instituciones desde mi punto de vista están haciendo mal uso del art. 232. Toda vez que el mismo hace referencia al Acto (evento público).

Art. 232.- El que faltare al respeto a cualquier tribunal, corporación o funcionario público, cuando se halle en ejercicio de sus funciones, con palabras, gestos o actos de desprecio, o turbare o interrumpiere el acto en que se halla, será reprimido con prisión de ocho días a un mes.

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