El informe actuarial remitido por el IESS a la Asamblea Nacional en septiembre de 2016, constituyó un insumo para el debate sobre la Ley Orgánica de Incentivos Tributarios, mas no para la Ley que Regula Compañías de Salud Prepagada y de Asistencia Médica, por lo tanto, no puede decir que se ha enviado datos falsos.
El contexto utilizado por la Dirección Actuarial del IESS en el informe remitido a la Asamblea, respondía a los costos prestacionales de las compañías de medicina prepagada: ingreso prestacional y gasto prestacional; información tomada de la página oficial de la Superintendencia de Compañías, mismas que en ningún momento plantea que los datos utilizados en el mismo, corresponden a utilidad por más de USD 200 millones, es más, el IESS recalcó en varias oportunidades que estamos conscientes que estas empresas no generan 200 millones en utilidades.
Con la promulgación de la Ley que Regula Compañías de Salud Prepagada y de asistencia médica, se están generando los mecanismos, a través del reglamento y de la normativa que emita el Ministerio de Salud, para el cumplimiento de esta. Este mecanismo bajo ningún concepto pretende quebrar a las compañías de medicina y asistencia médica prepagada, todo lo contrario, ha mantenido varias reuniones con los representantes de estas compañías para la implementación de la normativa.
Lo que esta ley permite es que las empresas aseguradoras privadas o de medicina prepagada reconozcan al MSP o al IESS las atenciones de sus asegurados, como sucede con cualquier otro prestador de salud, en una manera de copago, de esta forma se trabaja de manera corresponsable en beneficio del usuario asegurado.