Existen perlas de contenidos jurídicos (legales), que son aceptadas por todos y se consideran universales: “Solo al legislador (asambleísta) le corresponde interpretar a la ley”. Otro señala que cuando el tenor literal de la ley es clara no se requiere interpretación. Tal vez lo más importante es que todos están obligados a respetar la Constitución, nadie está encima de la ley madre, ninguna ley puede estar en contradicción con la Constitución en caso contrario es nula. En la Constitución vigente desde el 2008, en su disposición transitoria vigésima primera dispone que los profesores que se jubilen en los años 2008, 2009 y 2010 recibirán un estímulo económico aproximadamente en USD 38 mil ochocientos, lo injusto y anticonstitucional es que solo recibieron 12 mil, a pesar que se han ganado acciones legales personales o de grupo, pero prevalece la injusticia. Señor Presidente, siendo usted un hombre justo, estoy seguro que hará lo que tiene que hacer. “Justicia para los jubilados”.